D) Anuncios - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, FAMILIAS, IGUALDAD Y NATALIDAD (BOCM-20210726-27)
Convenio –  Convenio de 18 de junio de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad (Dirección General de Servicios Sociales e Innovación Social), y Cáritas Diocesana de Madrid para desarrollar el programa “Sal de la Calle” para personas en situación de grave exclusión social, para el año 2021
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 176

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE JULIO DE 2021

Pág. 509

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Políticas Sociales, Familias,
Igualdad y Natalidad
27

CONVENIO de 18 de junio de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de
la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad (Dirección
General de Servicios Sociales e Innovación Social), y Cáritas Diocesana de
Madrid para desarrollar el programa “Sal de la Calle” para personas en situación de grave exclusión social, para el año 2021.
En Madrid, a 18 de junio de 2021.
REUNIDOS

De una parte, el Consejero de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, actuando por suplencia según Decreto 60/2019, de 19 de agosto, de la Presidenta de la Comunidad
de Madrid el Excmo. Sr. Consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid en funciones, D.
Enrique Ruiz Escudero, en virtud del Decreto 18/2021, de 10 de marzo, de la Presidenta de la
Comunidad de Madrid, para el ejercicio de las competencias que le otorga el artículo 4.3 de
la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la
Ley estatal 4/1999, de 13 de enero de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración
de la Comunidad de Madrid y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el
que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra, D. Luis-Gonzaga Hernández Vozmediano, en nombre y representación de Cáritas Diocesana de Madrid, con domicilio a efectos de notificaciones en C/Santa Hortensia, 1 B, de Madrid, en calidad de Director de Cáritas Diocesana de Madrid, según poder
otorgado por el Excmo. y Rvdmo. Sr. D. Carlos Osoro Sierra, Arzobispo de Madrid, el día 4
de julio de 2017 ante el Notario de Madrid D. Antonio Domínguez Mena.
Actuando ambas partes en el ejercicio de sus respectivos cargos, se reconocen mutua
capacidad para la suscripción del presente Convenio, y a tal efecto,
MANIFIESTAN

Que la Ley 15/2001, de 27 de diciembre, de Renta Mínima de Inserción de la Comunidad de Madrid, así como la Ley 11/2003, de 27 de marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid marcan un modelo de política transversal que se caracteriza por una
atención prioritaria a las personas que más apoyos necesitan desde las distintas políticas
sectoriales, el establecimiento de un nivel mínimo de acceso a todos los derechos sociales,
la adecuación de las prestaciones a las necesidades de las personas más vulnerables y el impulso de actuaciones para combatir la exclusión y la discriminación y promover la inclusión social, favoreciendo así la cohesión de la sociedad.
Que, asimismo, la Ley 11/2003, de 27 de marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid contempla en su artículo 56 la fórmula del convenio entre la Administración
Pública y las Entidades de Iniciativa Social, para el desarrollo de programas de actividades
de interés general.
Que la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, de conformidad con lo establecido en la citada normativa, considera de sumo interés e importancia el
impulso de medidas que favorezcan la integración social de las personas en situación de
grave exclusión social, y en especial de las personas sin hogar, dada la complejidad de su
problemática, en la que se mezclan características biopsicosociales con el conflicto individual de cada persona.

BOCM-20210726-27

Primero