C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20210726-19)
Concesión becas –  Orden 2033/2021, de 7 de julio, de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, por la que se aceptan renuncias en relación con las becas concedidas mediante la Orden 3166/2020, de 4 de diciembre, de la Consejería de Educación y Juventud, por la que se resuelve la convocatoria de becas para el estudio de Formación Profesional de Grado Superior en la Comunidad de Madrid para el curso 2020-2021
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 72

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE JULIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 176

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Universidades,
Ciencia y Portavocía
19

ORDEN 2033/2021, de 7 de julio, de la Consejería de Educación, Universidades,
Ciencia y Portavocía, por la que se aceptan renuncias en relación con las becas
concedidas mediante la Orden 3166/2020, de 4 de diciembre, de la Consejería
de Educación y Juventud, por la que se resuelve la convocatoria de becas para
el estudio de Formación Profesional de Grado Superior en la Comunidad de
Madrid para el curso 2020-2021.

Mediante la Orden 792/2017, de 15 de marzo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, modificada por la Orden 1401/2020, de 1 de julio, de la Consejería de Educación y Juventud, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de becas para el estudio de Formación Profesional de Grado Superior en la Comunidad de Madrid y mediante
la Orden 1808/2020, de 31 de julio, de la Consejería de Educación y Juventud, se aprobó la
convocatoria abierta de becas para el estudio de Formación Profesional de Grado Superior
correspondiente al curso 2020-2021.
La precitada Orden 792/2017, en el artículo 17.1 determina que la resolución de concesión o denegación de las becas solicitadas corresponde al titular de la Consejería de Educación.
Por Orden 3166/2020, de 4 de diciembre, se resolvió la mencionada convocatoria de
becas para el estudio de Formación Profesional de Grado Superior en la Comunidad de
Madrid para el curso 2020/2021.
El artículo 4 de la Orden 11634/2012, de 27 de noviembre, por la que se desconcentran y delegan determinadas competencias en los titulares de diferentes centros directivos
de la Consejería prevé la delegación en el Director General competente en materia de becas y ayudas para la educación en enseñanzas regladas no universitarias, de la adopción de
los actos que procedan en los procedimientos relativos a la gestión de las subvenciones que
sean posteriores a la fase de concesión de las mismas, incluyendo los de prórrogas y de reintegro, y demás incidencias que pudieran surgir en relación con los beneficiarios, tales
como las declaraciones de desistimiento y renuncia.
Con posterioridad a la concesión, se han recibido 131 renuncias de los beneficiarios,
incluidos en la relación adjunta, por un importe de 243.580 euros.
Vistos los escritos de renuncia, y de conformidad con lo establecido en el artículo 94 de
la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
DISPONGO
Primero

Segundo
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno o bien, directamente, en el plazo
de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos contados a partir del día
siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno interponer.

BOCM-20210726-19

Aceptar las renuncias formuladas por los interesados relacionados en el Anexo y declarar concluso el procedimiento.
El citado Anexo de renuncias, se expondrá únicamente en las Direcciones de Área Territorial, en la oficina de Información de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía y en la página web de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia
y Portavocía.