Madrid (BOCM-20210723-38)
Régimen económico. Pleno del Ayuntamiento. Modificación presupuestaria
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 108
VIERNES 23 DE JULIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 174
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
38
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Pleno del Ayuntamiento
Acuerdo del Pleno, de 21 de julio de 2021, por el que se aprueba la concesión de un
suplemento de crédito por importe de 2.000.000,00 de euros en el Presupuesto del Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de Madrid.
El Pleno del Ayuntamiento en la sesión (13/2021), ordinaria celebrada el día 21 de julio de 2021, adoptó el siguiente acuerdo:
«Aprobar la concesión de un suplemento de crédito por importe de 2.000.000,00 de
euros en el Presupuesto del Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de Madrid,
correspondiente al capítulo 7, “Transferencias de capital”, en la aplicación presupuestaria 503/140/241.00/700.00, “A la Administración General del Ayuntamiento”, del programa 241.00, “Dirección y gestión administrativa de la Agencia para el Empleo de Madrid”.
La citada modificación se financia con remanente de tesorería para gastos generales,
obtenido de la liquidación del Presupuesto del Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de Madrid del ejercicio 2020».
RESUMEN POR CAPÍTULOS
Capítulo
Gastos
Altas
Bajas
Ingresos
TOTAL
Mayor
Menor
TOTAL
Capítulo 1
Capítulo 2
Capítulo 3
Capítulo 4
Capítulo 6
Capítulo 7
2.000.000,00
2.000.000,00
Capítulo 8
2.000.000,00
2.000.000,00
2.000.000,00
2.000.000,00
Capítulo 9
TOTAL
2.000.000,00
2.000.000,00
BOCM-20210723-38
Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la
publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que
los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente
en derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Madrid, a 21 de julio de 2021.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.
(03/24.267/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Pleno del Ayuntamiento
Acuerdo del Pleno, de 21 de julio de 2021, por el que se aprueba la concesión de un
suplemento de crédito por importe de 2.000.000,00 de euros en el Presupuesto del Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de Madrid.
El Pleno del Ayuntamiento en la sesión (13/2021), ordinaria celebrada el día 21 de julio de 2021, adoptó el siguiente acuerdo:
«Aprobar la concesión de un suplemento de crédito por importe de 2.000.000,00 de
euros en el Presupuesto del Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de Madrid,
correspondiente al capítulo 7, “Transferencias de capital”, en la aplicación presupuestaria 503/140/241.00/700.00, “A la Administración General del Ayuntamiento”, del programa 241.00, “Dirección y gestión administrativa de la Agencia para el Empleo de Madrid”.
La citada modificación se financia con remanente de tesorería para gastos generales,
obtenido de la liquidación del Presupuesto del Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de Madrid del ejercicio 2020».
RESUMEN POR CAPÍTULOS
Capítulo
Gastos
Altas
Bajas
Ingresos
TOTAL
Mayor
Menor
TOTAL
Capítulo 1
Capítulo 2
Capítulo 3
Capítulo 4
Capítulo 6
Capítulo 7
2.000.000,00
2.000.000,00
Capítulo 8
2.000.000,00
2.000.000,00
2.000.000,00
2.000.000,00
Capítulo 9
TOTAL
2.000.000,00
2.000.000,00
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Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la
publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que
los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente
en derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Madrid, a 21 de julio de 2021.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.
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