Torrejón de Ardoz número 2 (BOCM-20210723-93)
Procedimiento 1261/2019
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 23 DE JULIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 174

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
93

TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 2
EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Juicio Verbal (250.2) número 261/2019, entre Nido Confecciones, S. A., y doña María Antonia Zaballos Andrés, en
cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:
Fallo

BOCM-20210723-93

Estimo íntegramente la demanda formulada por el procurador de los Tribunales doña
Ascensión de Gracia López Orcera, en nombre y representación de La Mercantil Nido Confecciones, S. A., frente a doña María Antonia Zaballos Andrés y en consecuencia debo
acordar los siguientes pronunciamientos:
Condeno a doña María Antonia Zaballos Andrés a abonar a La Mercantil Nido Confecciones, S. A., la cantidad de 4.291,38 euros, más los intereses legales correspondientes
resultantes de la aplicación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen
medidas de lucha contra la morosidad en operaciones comerciales, en la redacción dada por
la Ley 15/2010, de 5 de julio, todo ello con imposición en costas a la parte demandada.
Todo ello con condena en costas al demandado.
Dedúzcase testimonio literal de esta sentencia que quedará en estas actuaciones, con
inclusión de su original en el libro de sentencias civiles de este Juzgado.
Notifíquese esta sentencia a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que se interpondrá ante este mismo Juzgado dentro del plazo de veinte
días contados desde el día siguiente a la notificación de esta resolución (artículo 458.1 de
la LEC) y del que conocerá la Audiencia Provincial de Madrid.
La interposición de dicho recurso precisará de la previa constitución del depósito de
50,00 euros, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado de acuerdo con la
disposición adicional décimo quinta de la LO 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la LO 1/2009, de 3 de noviembre.
Así por esta mi Sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, la
pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación a doña María Antonia Zaballos Andrés expido y firmo la presente en Torrejón de Ardoz, a 20 de abril de 2021.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).
(02/23.028/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791