Villaviciosa de Odón (BOCM-20210723-74)
Organización y funcionamiento. Modificación Junta de Gobierno
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 174

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 23 DE JULIO DE 2021

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
74

VILLAVICIOSA DE ODÓN
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

BOCM-20210723-74

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
(LRJPAC), y de conformidad con la resolución de la Alcaldía-Presidencia 1981/2021, de 30
de junio, se hace público lo siguiente:
Primero.—Tomar conocimiento del pase de la concejala de esta Corporación doña Susana Tortajada Galán a la condición de concejala no adscrita, por abandono del grupo municipal del Partido Popular, en el que estaba integrada, por aplicación del artículo 73 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, tomando como fecha de pase a dicha condición la de 30 de junio
de 2021, en la que solicitó su pase a la condición de concejala no adscrita.
Segundo.—De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, la señora Tortajada Galán tendrá derecho a percibir las cantidades asignadas en concepto de asistencias a sesiones del Pleno y de las Comisiones Informativas, en los términos y cantidades fijadas por el Pleno de la Corporación.
Tercero.—Notificar esta resolución a la interesada, al grupo municipal del Partido Popular y al resto de grupos municipales.
Cuarto.—Este acuerdo se hará público mediante la inserción de un edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento,
y en el portal de transparencia municipal, en cumplimiento del artículo 8 de la Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Púbica y Buen Gobierno, y
del artículo 15 de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la
Comunidad de Madrid.
Quinto.—Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse los siguientes recursos:
a) Con carácter potestativo un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó
la resolución impugnada, dentro del plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de recepción de la notificación de esta notificación, de acuerdo con lo que dispone el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
b) Directamente contra esta resolución se podrá interponer un recurso contenciosoadministrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la ciudad
de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de recepción de la notificación de esta resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).
Villaviciosa de Odón, a 12 de julio de 2021.—El secretario general, Manuel Paz Taboada.
(03/23.636/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791