Móstoles número 1 (BOCM-20210722-128)
Procedimiento 705/2020
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 173

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE JULIO DE 2021

Pág. 331

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
128

MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 1 de Móstoles.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 705/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. Volodymyr Yavorskyy frente a PROJECT INVEST&SERVICES
MADRID GROUP S.L. sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:
FALLO
ESTIMAR la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por Don Volodymyr
Yavorskyy contra Project Invest & Services Madrid Group S.L., CONDENANDO a Project Invest & Services Madrid Group S.L. a abonar a Don Volodymyr Yavorskyy la cantidad de 2.822, 18 euros más el 10 % de interés por mora de los conceptos salariales.
DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO al Fondo de Garantía Salarial sin perjuicio de lo
establecido en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.
No procede hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas.
Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de
cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación, por medio de comparecencia o
por escrito, siendo indispensable si el recurrente no ostenta el carácter de trabajador y no
goza del beneficio de justicia gratuita que presente resguardo acreditativo de haber ingresado, en impreso separado, el total al que se le condena y sin cuyo requisito no se tendrá por
anunciado el recurso; y al mismo tiempo para su formalización deberá presentar resguardo
de ingreso del depósito especial de 300 EUROS, ambos en la cuenta abierta a tal efecto en
el Banco Santander,, IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, y número cuenta expediente 2850- 0000- 00- 0705-20, y sin cuyo requisito no podrá tenerse en cuenta el recurso y
quedará firme la sentencia.
La presente resolución judicial, la pronuncia, manda y firma Don Francisco Juan Sánchez Delgado, Magistrado del Juzgado de lo Social número 1 de Móstoles, en nombre de
su Majestad el Rey.
PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el día de su fecha
por Don Francisco Juan Sánchez Delgado, Magistrado del Juzgado de lo Social número 1 de
Móstoles y de su partido judicial que la suscribe, estando celebrando Audiencia Pública. Se
incluye original de esta resolución en el libro de Sentencias, poniendo en los autos certificación literal de la misma y se remite a cada una de las partes un sobre por correo certificado
con acuse de recibo, conteniendo copia de ella, conforme a lo dispuesto en los artículos 56 a
60 de la Ley 36/2011 de 10 de Octubre reguladora de la jurisdicción social. Doy fe.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a veintiocho de junio de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/22.485/21)
http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20210722-128

Y para que sirva de notificación en legal forma a PROJECT INVEST&SERVICES
MADRID GROUP S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el
Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.