B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN (BOCM-20210722-19)
Concurso de méritos –  Orden de 8 de julio de 2021, de la Consejería de Administración Local y Digitalización, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden de la Consejería de Vivienda y Administración Local de fecha 25 de febrero de 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de marzo de 2021), para la provisión de puestos de trabajo vacantes en dicha Consejería, por el procedimiento de Concurso de Méritos
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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JUEVES 22 DE JULIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 173

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Administración Local y Digitalización
19

ORDEN de 8 de julio de 2021, de la Consejería de Administración Local y Digitalización, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden de la
Consejería de Vivienda y Administración Local de fecha 25 de febrero de 2021
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de marzo de 2021), para
la provisión de puestos de trabajo vacantes en dicha Consejería, por el procedimiento de Concurso de Méritos.

Por Orden de la Consejería de Vivienda y Administración Local de fecha 25 de febrero de 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de marzo de 2021),
se aprobó convocatoria pública para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la citada Consejería por el procedimiento de Concurso de Méritos.
En el procedimiento de provisión se han cumplido las normas de la Ley 1/1986, de 10 de
abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de abril); la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las convocatorias para
provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril); y, en lo no previsto por las anteriores, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General
de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado (“Boletín Oficial del Estado” de 10 de abril), así como las demás prescripciones contenidas en las bases de convocatoria correspondientes.
De acuerdo con la propuesta efectuada por la Junta de Méritos y el informe favorable
emitido por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, en virtud de la competencia
atribuida en el artículo 49.2 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la
Comunidad de Madrid,
RESUELVO
Primero
Objeto
Adjudicar los puestos de trabajo convocados a los funcionarios que figuran en el Anexo.
Segundo
1. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días. Dicho
plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al de la publicación de la presente resolución, salvo que el cese
haya sido formalmente diferido o aplazado por el órgano competente.
El cómputo del plazo posesorio se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias
que, en su caso, hayan sido concedidas a los interesados, salvo que, por causas justificadas,
el órgano que los concedió acuerde suspender el disfrute de los mismos.
2. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión
será el que establezca la orden de reingreso, conforme a lo previsto en la normativa aplicable.
Tercero
Recursos
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante

BOCM-20210722-19

Plazo de toma de posesión