B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20210722-7)
Concurso de méritos –  Orden 527/2021, de 12 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden 812/21, de 19 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril de 2021), para la provisión de puestos de trabajo por el procedimiento de Concurso de Méritos en la entonces Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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JUEVES 22 DE JULIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 173

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
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ORDEN 527/2021, de 12 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se resuelve la convocatoria aprobada mediante
Orden 812/21, de 19 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
de 27 de abril de 2021), para la provisión de puestos de trabajo por el procedimiento de Concurso de Méritos en la entonces Consejería de Medio Ambiente,
Ordenación del Territorio y Sostenibilidad.

Por Orden 812/2021, de 19 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación
del Territorio y Sostenibilidad (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27
de abril de 2021), se aprobó convocatoria pública para la provisión de puestos de trabajo
vacantes en la citada Consejería por el procedimiento de Concurso de Méritos.
Mediante el Decreto 42/2021, de 19 de junio de 2021, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid (Boletín de la Comunidad de Madrid de 21 de junio de 2021), se establece
el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y se crea la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura que asume las competencias de la entonces Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad.
En el procedimiento de provisión se han cumplido las normas de la Ley 1/1986, de 10
de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de abril), la Ley 4/1989, de 6 de abril, de Provisión de Puestos de Trabajo Reservados a Funcionarios de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID 4 de mayo de 1989), la Orden 923/1989, de 20 de abril, de
la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en
las convocatorias para provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril), la Orden 2094/1990, de 31 de agosto, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema general que ha de regir en las diferentes convocatorias que se publiquen para los
concursos de provisión de puestos de trabajo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 7 de septiembre), y, en lo no previsto por las anteriores, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del
Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de
Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado (“Boletín Oficial del Estado” de 10 de abril), así como las demás prescripciones contenidas en las bases de convocatoria correspondientes.
De acuerdo con la propuesta efectuada por la Junta de Méritos y el informe favorable
emitido por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y en virtud de la competencia
atribuida en el artículo 49.2 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la
Comunidad de Madrid,
RESUELVO
Primero
Objeto

Segundo
Plazo de toma de posesión
1. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días. Dicho
plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al de la publicación de la presente Resolución, salvo que el
cese haya sido formalmente diferido o aplazado por el órgano competente.

BOCM-20210722-7

Se adjudican los puestos de trabajo convocados a los funcionarios que figuran en el
Anexo.