C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20210722-24)
Concesión becas –  Orden 2096/2021, de 14 de julio, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, por la que se resuelve la convocatoria de becas de excelencia para cursar estudios en las Universidades y Centros Superiores de Enseñanzas Artísticas de la Comunidad de Madrid durante el curso 2020-2021 (turno de nuevo ingreso), y se dispone un gasto de 2.362.500 euros para tal fin
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
BOCM
Pág. 128

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE JULIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 173

Segundo
La dotación económica de estas ayudas es de 2.100 euros/beca.
El crédito necesario para la financiación de las presentes ayudas, cuyo importe total asciende a 2.362.500 euros, se sufragará con cargo al programa 322C, subconcepto 45200
“Ayudas al estudio y mejora de la enseñanza en universidades públicas”, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid vigentes para 2021.
Tercero
La obtención de las ayudas conlleva para sus beneficiarios la aceptación de las obligaciones que les impone la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y la
Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, pudiendo ser revisado su cumplimiento mediante expediente instruido al efecto.
En lo no previsto por esta Orden se estará a lo dispuesto en la citada Ley 2/1995, de
Subvenciones de la Comunidad de Madrid, especialmente en lo que se refiere a control de
las ayudas y a reintegros; en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y demás concordantes de general aplicación.
Contra el presente acto, que agota la vía administrativa, se podrá interponer, en el plazo
de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID, recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con el artículo 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Asimismo, podrá ser recurrido potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que dictó el acto, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En Madrid, a 14 de julio de 2021.
El Consejero de Educación, Universidades, Ciencia
y Portavoz del Gobierno,
ENRIQUE OSSORIO CRESPO

BOCM-20210722-24

(03/23.993/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791