Madrid (BOCM-20210721-51)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía. Delegación de funciones
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 174

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE JULIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 172

legadas en la Dirección General de Innovación y Emprendimiento para establecer, desarrollar y ejecutar políticas de apoyo a la innovación; promover actitudes innovadoras, disruptivas, creativas y colaborativas entre los madrileños; establecer, desarrollar y ejecutar una
estrategia de innovación abierta para Madrid que promueva la adopción por los ciudadanos
de soluciones tecnológicas que mejoren la calidad de vida de la ciudad; y establecer, desarrollar y ejecutar la estrategia de ciudad inteligente.
En este sentido, la citada dirección general conoce, por su ámbito de competencias, las
características técnicas específicas de la intervención en los espacios del inmueble, por lo
que resulta oportuno que asuma la competencia para la ejecución de las obras.
Además, existen razones económicas, ya que dicha dirección general cuenta con recursos ordinarios personales, materiales y presupuestarios para ejecutar en el presente ejercicio 2021 las obras de adecuación para la implementación del servicio.
Para ello, resulta preciso que la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, conforme a
lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, avoque la competencia previamente delegada en los concejales-presidentes
de distrito en el apartado 4.o6.4.a) del Acuerdo de 25 de julio de 2019, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los Distritos, única y exclusivamente en lo relativo a redactar el proyecto, preparar, tramitar, adjudicar, formalizar y ejecutar los contratos relativos a la realización de las obras de adecuación para la implantación
del proyecto del Centro de Inteligencia Artificial en los inmuebles situados en la calle de
Bravo Murillo, números 37-39, adscritos al Distrito de Chamberí, y que tal competencia sea
posteriormente delegada en la Dirección General de Innovación y Emprendimiento.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.1.e) y 17.2 de la
Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta
conjunta de la titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía y del titular del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo, que eleva la Vicealcaldesa, y previa deliberación,
la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en su reunión de 8 de julio de 2021

Primero.—Avocar la competencia delegada en el concejal-presidente del Distrito de
Chamberí en el apartado 4.o 6.4.a) del Acuerdo de 25 de julio de 2019, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los Distritos, única y exclusivamente en lo relativo a redactar el proyecto, preparar, tramitar, adjudicar, formalizar
y ejecutar los contratos relativos a la realización de las obras de adecuación para la implantación del proyecto del Centro de Inteligencia Artificial en los inmuebles situados en la calle de Bravo Murillo, números 37-39, adscritos al Distrito de Chamberí.
Segundo.—Delegar en la Dirección General de Innovación y Emprendimiento la competencia avocada en el apartado primero.
Las competencias en materia de contratación y gastos que pudieran derivarse de dichas
actuaciones se ejercerán de conformidad con el Acuerdo de 27 de junio de 2019, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo.
Tercero.—Quedan sin efecto cuantas disposiciones se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en el presente acuerdo.
Cuarto.—Se faculta al titular de la Coordinación General de la Alcaldía para resolver
las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente acuerdo.
Quinto.—Se faculta al titular del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo para dictar los decretos precisos para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo.
Sexto.—El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”.
Séptimo.—Del presente acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado.
Madrid, a 8 de julio de2021.—La directora de la Oficina del Secretario de la Junta de
Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.
(03/23.346/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20210721-51

ACUERDA