Madrid número 18 (BOCM-20210720-64)
Procedimiento 289/2020
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 20 DE JULIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 171

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
64

MADRID NÚMERO 18
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. PILAR ORTIZ MARTINEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL
Juzgado de lo Social nº 18 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 289/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. DAVID RODRIGUEZ MORENO frente a INSTRUCCIONES INNOVA SL, OHL SA, ACCIONA CONSTRUCCIÓN, S.A y DRAGADOS SA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución :
FALLO
Estimando en parte la demanda presentada por D. DAVID RODRIGUEZ MORENO
frente a DRAGADOS SA, ACCIONA CONSTRUCCIÓN SA, INSTRUCCIONES INNOVA SL y OHL SA se condena a la empresa INSTRUCCIONES INNOVA SL a abonar a la
parte actora la cantidad de 7.255,67 euros más 725,5 euros de interés por mora, de esta cantidad responde solidariamente:
ACCIONA CONSTRUCCIÓN SA de 1.294,51 euros más 129,4 euros en concepto de
interés por mora.
DRAGADOS SA de 3.238,37 euros más 323,8 euros en concepto de interés por mora.
OHL SA de 1.836,45 euros más 183,6 euros en concepto de interés por mora.
Del importe de la indemnización 886,34 euros solo responde INSTRUCCIONES INNOVA SL.
Se advierte a la partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo
por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a
su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se
advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al
tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN
ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con nº 2516-0000-00-0289-20 del BANCO DE SANTANDER aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo
haber consignado el importe íntegro de la condena en el BANCO DE SANTANDER o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Emitir la transferencia a la cuenta bancaria siguiente: IBAN ES55 0049 3569 9200
0500 1274. En el campo ordenante, se indicará como mínimo el nombre o razón social de
la persona física o jurídica obligada a hacer el ingreso y si es posible, el nif /cif de la misma. En el campo beneficiario, se identificará al juzgado o tribunal que ordena el ingreso.
En el campo “observaciones o concepto de la transferencia”, se consignarán los 16 dígitos
que corresponden al procedimiento 2516-0000-00-0289-20.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

BOCM-20210720-64

Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria desde una cuenta corriente
abierta en cualquier entidad bancaria distinta de BANCO DE SANTANDER. Para ello ha
de seguir todos los pasos siguientes: