C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20210719-14)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 633/2021, de 2 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se modifica la Orden 1425/2020, de 20 de noviembre, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Promoción Cultural de la Consejería de Cultura y Turismo para 2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 170

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE JULIO DE 2021

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5. Impulsar el conocimiento del arte contemporáneo y fomentar la actividad expositiva y su acercamiento a los ciudadanos.
6. Apoyar a los artistas residentes en la región en la realización de proyectos originales de creación, con la finalidad de dar a conocer su obra y reconocer el trabajo desarrollado, así como favorecer la formación, la movilidad y los contactos internacionales de los artistas y comisarios.
En cumplimiento de dichas atribuciones y al objeto de proteger, fomentar y promocionar dichas actividades, la Dirección General de Promoción Cultural, establecerá las líneas
de subvención que a continuación se desarrollan, en sus dos ámbitos competenciales:
— Bellas Artes: museos, exposiciones, artes visuales y moda como disciplina creativa.
— Promoción Cultural: artes escénicas, circenses, musicales, cinematográficas y audiovisuales, y videojuegos”.
Tres.—Modificar el apartado II “Previsión presupuestaria y plazo de ejecución”, relativo al programa 333A, con el siguiente tenor:
“II.

Previsión presupuestaria, plazo de adjudicación y de ejecución.

La Dirección General de Promoción Cultural financiará las ayudas comprendidas en
el presente Plan Estratégico con cargo al crédito de las partidas que integran los capítulos IV
y VII del programa 333A (Museos y Exposiciones) por un importe máximo de 1.329.229
euros, correspondiente a la suma de las distintas líneas de subvención que se adjudicarán y
ejecutarán a lo largo del año 2021”.
Cuatro.—Modificar el apartado “III. Líneas de subvención de museos, exposiciones y
artes visuales y moda como disciplina creativa”, con el siguiente tenor:
“Las acciones a subvencionar y la previsión inicial de costes son las siguientes:

Cinco.—Incluir en el apartado IV “Consignaciones presupuestarias de carácter nominativo relativo al capítulo IV del programa 333A (Museos y exposiciones)”, la siguiente
subvención de concesión directa:
“— Fundación Contemporánea: 55.000 euros para las acciones relacionadas con artes
visuales, con cargo a la partida 48151”.

BOCM-20210719-14

1) Circuitos de Artes plásticas de la Comunidad de Madrid (XXXII Edición): importe
máximo 30.000 euros con cargo a la partida 48399. La finalidad de las ayudas es
promover la creatividad de jóvenes artistas y propiciar su acceso a la vida profesional mediante la creación de una obra y su presentación en una exposición colectiva.
2) Becas de residencia en el extranjero para jóvenes artistas y comisarios del ámbito
de las artes visuales: importe máximo 30.000 euros con cargo a la partida 48399.
Su finalidad es potenciar la formación de los creadores y agentes culturales madrileños, fomentar el diálogo y el debate con otros agentes en el país de residencia y difundir el panorama creativo actual en torno a las artes visuales.
3) Ayudas a personas físicas para la creación de artes visuales, por un importe máximo de 300.000 euros con cargo a la partida 48399. Su finalidad es fomentar el desarrollo de proyectos de creación en el ámbito de las artes visuales para apoyar a
los creadores madrileños o residentes en Madrid y contribuir a la consolidación y
proyección de su carrera.
4) Ayudas a entidades culturales privadas sin ánimo de lucro para actividades de artes visuales y de moda como disciplina creativa.
Objetivo: El apoyo a la actividad cultural que realizan las asociaciones y fundaciones madrileñas, se justifica por ser ambas entidades un medio de participación de los
ciudadanos en actividades de artes visuales y de moda como disciplina creativa.
Se realizará mediante una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva,
por un importe máximo de 100.000 euros, que se imputará a la partida 48099”.