Mancomunidad de Servicios Sociales Pantueña (BOCM-20210719-85)
Organización y funcionamiento. Creación sede electrónica
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 170

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE JULIO DE 2021

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
85

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES
PANTUEÑA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

BOCM-20210719-85

El Pleno de la Mancomunidad de Servicios Sociales Pantueña, con sede en el municipio de Torres de la Alameda, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de junio de 2021, acordó la aprobación de la creación de la sede electrónica de la Mancomunidad de Servicios Sociales Pantueña, como la dirección electrónica disponible para la ciudadanía por medio de
redes de telecomunicaciones.
El acuerdo adoptado es el siguiente:
“Primero.—Crear la sede electrónica de la Mancomunidad de Servicios Sociales Pantueña, como la dirección electrónica disponible para la ciudadanía por medio de redes de
telecomunicaciones con arreglo a las siguientes características:
El ámbito de aplicación de la sede electrónica será la del territorio de los municipios
que integran la Mancomunidad de Servicios Sociales Pantueña.
La dirección de referencia de la sede electrónica será: https://sspantuena.sedelectronica.es/
y será accesible tanto directamente como desde el portal de Internet de esta Mancomunidad cuya
dirección es: http://www.mancomunidadpantuena.org/. Asimismo, será accesible desde el punto de acceso general electrónico: https://sede.administracion.gob.es/.
La titularidad de la sede electrónica corresponde a la Mancomunidad de Servicios Sociales Pantueña, siendo responsable de su gestión y de los contenidos y servicios puestos a
disposición de los ciudadanos, así como de la integridad, veracidad y actualización de la información, la Secretaría-Intervención, como unidad administrativa responsable en materia
de administración electrónica.
La relación de contenidos y servicios existentes en la sede electrónica de la Mancomunidad de Servicios Sociales Pantueña. se regularán en la correspondiente ordenanza de
administración electrónica.
Segundo.—Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en el directorio del Punto de Acceso General Electrónico de la
Mancomunidad”.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo que dispone el artículo 10 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Actuación y Funcionamiento del Sector Público por medios electrónicos.
En Torres de la Alameda, a 5 de julio de 2021.—El presidente de la Mancomunidad,
Carlos Sáez Gismero.
(03/23.126/21)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791