Madrid número 8 (BOCM-20210717-7)
Ejecución 78/2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 169

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 17 DE JULIO DE 2021

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
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MADRID NÚMERO 8
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. RAQUEL PAZ GARCÍA DE MATEOS, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 8 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 78/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. MARIANA KEDO frente a APRIL CASINOS SL, sobre Ejecución
de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
— Auto de fecha 04/06/2021 despachando orden general de ejecución de Sentencia
nº 58/2021 de fecha 11/02/2021, a favor de la parte ejecutante, Dña. MARIANA KEDO
frente a la demandada APRIL CASINOS S L, parte ejecutada, por un principal, intereses y
costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación, cuyo contenido íntegro consta en autos. Impugnable mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de
alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse
oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea
trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros
en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 2506-000064-0078-21.
— Decreto de fecha 04/06/2021 de medidas ejecutivas orden a dar efectividad a la referida orden general de ejecución, cuyo contenido íntegro consta en autos. Contra dicho decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación.
Ambas resoluciones se encuentran a disposición de la parte ejecutada para su vista y
consulta en la oficina judicial de este Juzgado.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a APRIL CASINOS S L,
en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia
de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a cuatro de junio de dos mil veintiuno.

BOCM-20210717-7

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/22.193/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791