Madrid número 29 (BOCM-20210716-137)
Procedimiento 1322/2020
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 168

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE JULIO DE 2021

Pág. 315

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
137

MADRID NÚMERO 29
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D. ISMAEL PEREZ MARTINEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL
Juzgado de lo Social n° 29 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 1322/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. BERTA-NOHEMI BENITEZ CAÑAR frente a GRUPO BURSAN 2000 SL, DAFO CONSULTORES Y ESTRATEGAS SL y FOGASA sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente sentencia de fecha 22/02/2021:
Estimo la demanda interpuesta por Dª Berta Nohemi Benitez Cañar, contra Grupo
Bursan 2000, S.L., y Dafo Consultores y debo declarar y DECLARO LA IMPROCEDENCIA DEL DESPIDO articulado sobre dicha trabajadora, y extinguido el contrato de
trabajo con efectos de esta sentencia, con derecho de la demandante a percibir la indemnización de 3327,85 Euros y salarios de tramitación a razón de 43,22 euros diarios, desde el despido de 10/11/2020 hasta esta sentencia. Asimismo, condeno a las demandadas
solidariamente al abono de la cantidad de 2668,83 euros, en concepto de salarios, más los
intereses legales. En cuanto al FOGASA, estése al art. 33 LET. Remítase testimonio de
esta sentencia a TGSS e Inspección de Trabajo a los efectos oportunos.
Se advierte a las partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a GRUPO BURSAN
2000 SL, Dña. BERTA-NOHEMI BENITEZ CAÑAR y DAFO CONSULTORES Y ESTRATEGAS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a veintitrés de febrero de dos mil veintiuno.

BOCM-20210716-137

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/22.054/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791