B) Autoridades y Personal - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20210716-1)
Nombramiento –  Decreto 174/2021, de 14 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Administrador Provisional de Radio Televisión Madrid a don José Antonio Sánchez Domínguez
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE JULIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 168

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Presidencia, Justicia e Interior
DECRETO 174/2021, de 14 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se
nombra Administrador Provisional de Radio Televisión Madrid a don José Antonio Sánchez Domínguez.

De conformidad con el artículo 8.1 de la Ley 8/2015, de 28 de diciembre, de Radio Televisión Madrid, Radio Televisión Madrid es una empresa pública constituida como sociedad mercantil, con forma de sociedad anónima, cuyo capital estará participado íntegramente y de forma directa por la Comunidad de Madrid.
De acuerdo con su artículo 12, entre los órganos de funcionamiento, administración
general, dirección y asesoramiento de Radio Televisión Madrid se encuentra el de Director
General.
Mediante Ley 1/2021, de 9 de julio, de modificación de la Ley 8/2015, de 28 de diciembre,
de Radio Televisión Madrid, se ha procedido a la modificación, entre otros, del artículo 22 de
esta última, relativo al mandato del Director General, con la siguiente nueva redacción:
“1. El mandato del Director General será de cuatro años, no renovables, contados
desde su nombramiento.
2. Tres meses antes de que finalice el mandato del Director General, el Consejo de
Administración iniciará el procedimiento previsto en el Reglamento de la Asamblea para la
elección de su sustituto, quien tomará posesión al día siguiente de la finalización del mandato del cesante.
3. Si llegada la fecha de finalización del mandato del Director General la Asamblea
no hubiese podido completar efectivamente el procedimiento descrito en el Reglamento de
la Asamblea de Madrid, el Gobierno nombrará un Administrador Provisional, con las mismas funciones y competencias que el Director General, y que será sometido a ratificación
por parte de la Asamblea.
La ratificación del Administrador Provisional requerirá la obtención de la mayoría de
dos tercios en primera votación en el Pleno de la Asamblea.
En el caso de no alcanzarse dicha mayoría, la propuesta será sometida de nuevo al Pleno en su siguiente sesión. En esta segunda votación, la mayoría necesaria será la mayoría
absoluta de los miembros de la Asamblea.
4. El mandato del Administrador Provisional comenzará al día siguiente de su nombramiento por parte del Gobierno, y finalizará al día siguiente de que la Asamblea elija Director General según el procedimiento establecido en su Reglamento”.
Esta regulación ha de completarse con la disposición transitoria de la Ley 1/2021, de 9 de
julio, que establece que “Las previsiones contenidas en el nuevo artículo 22 de la Ley 8/2015,
de 28 de diciembre, de Radio Televisión Madrid, serán aplicables al mandato de quien sea Director General en el momento de la entrada en vigor de la Ley”.
La Ley 1/2021, de 9 de julio, entró en vigor el 10 de julio de 2021.
En consecuencia, de acuerdo con esta nueva regulación, y habiendo finalizado el mandato de cuatro años del actual Director General desde su nombramiento el día 12 de enero
de 2017 (BOAM de 16 de enero), procede el nombramiento de un Administrador Provisional de Radio Televisión Madrid por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid.
En su virtud, de conformidad con el artículo 22.3 de la Ley 8/2015, de 28 de diciembre, de Radio Televisión Madrid, y el 21.z) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, a propuesta de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, el Consejo de Gobierno, previa deliberación, en su reunión del
día 14 de julio de 2021,

BOCM-20210716-1

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