C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20210716-36)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden de 8 de julio de 2021, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan ayudas para el año 2021 dirigidas a asociaciones, federaciones y confederaciones de comerciantes de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de actividades de promoción comercial y de proyectos para la digitalización del comercio minorista
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 168

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE JULIO DE 2021

Pág. 109

Tercero
Gastos subvencionables
Se consideran subvencionables al amparo de la presente Orden:
a) Los gastos de personal propio, que presten sus servicios a las asociaciones en la
promoción comercial y/o para la digitalización y gestión de productos en plataformas de comercio electrónico propias o ajenas, o en aquellas plataformas que tengan un sistema de fidelización personalizado para el consumidor.
En estos casos, serán subvencionables los gastos que deriven de los siguientes
conceptos: salario bruto, incluidas las pagas extraordinarias y cuota empresarial
de la Seguridad Social, siempre y cuando se trate de personal cuyo contrato de trabajo sea superior a seis meses a lo largo del período subvencionable.
b) Los gastos de personal externo para el desarrollo de la actuación promocional, tales
como la contratación de azafatas, traductores/as, limpieza, personal de seguridad o
de mantenimiento, y/o para la digitalización y gestión de productos en plataformas
de comercio electrónico.
c) Actividades de digitalización del pequeño comercio minorista para la incorporación de las Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) al sector comercial a través de plataformas de comercio electrónico propias y ajenas.
d) Actividades de marketing digital, acciones y campañas en redes sociales y web,
ventas con comercio electrónico y en espacios comerciales en Internet o de transformación digital.
e) Gastos de integración en portales o plataformas agrupadas de Internet, dedicadas a
la comercialización conjunta (espacios comerciales en la red), así como los gastos
por registros de dominios, por altas, suscripciones (fijas o periódicas), tarifas o comisiones por operaciones y cierres de ventas durante el período subvencionable,
en portales y plataformas comerciales en Internet, para la venta o promoción de
los productos de los comercios asociados.
f) Gastos de consultoría y asesoramiento relativas a las actividades que sean subvencionables con arreglo a las bases reguladoras, en el que se incluyen los gastos por
las actividades formativas, jornadas técnicas, talleres, congresos y seminarios profesionales, la organización de conferencias, charlas o ponencias, sin valor formativo reglado, tales como herramientas y métodos digitales para la fidelización de
los clientes, estrategias para vender en redes sociales e Internet, análisis de datos
y macrodatos, aspectos legales, protección de datos o ciberseguridad, entre otras.
g) Diseño y producción de páginas web, así como los gastos derivados del desarrollo
de las páginas webs propias de la asociación, federación o confederación de comerciantes.
h) Gastos asociados al desarrollo de sistemas de evaluación de las acciones desarrolladas, como auditorías de control o sistemas de evaluación de resultados e impactos.
i) La organización y/o participación en ferias y eventos.
j) Acciones promocionales tales como campañas, acciones de street marketing, premios y concursos, acciones de destocaje, exposiciones, promociones en puntos de
venta, degustaciones, demostraciones, incluidos los elementos promocionales de
los mismos, así como los basados en las TIC.
k) Diseño y ejecución de estrategias de difusión, comunicación y promoción.
l) Acciones necesarias para el diseño, ejecución y evaluación de las acciones desarrolladas: alquiler de espacios, locales, equipos, material y documentación, impartición
y publicidad y otros soportes informativos, montaje y desmontaje, elementos de seguridad, decoración.
Cuarto

DE

Orden de 26 de marzo de 2021, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
MADRID de 13 de abril de 2021.

BOCM-20210716-36

Bases reguladoras