Madrid número 18 (BOCM-20210715-116)
Procedimiento 129/2020
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 167

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 15 DE JULIO DE 2021

Pág. 375

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
116

MADRID NÚMERO 18
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. Pilar Ortiz Martínez, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 18
de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 129/2020 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D./Dña. JOHN STIVEN RENTERIA MANZANO frente a TEJADOS Y FACHADAS ASTURIAS SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente
resolución:
En su virtud, visto el precepto citado y demás de general aplicación:
Se tiene por ampliada la ejecución por importe de 3.614,80 euros, como salarios de tramitación.
Respecto a la indemnización, en la sentencia dictada por este Juzgado constan 284,02
euros y esta cuantía no ha sido modificada por la sentencia dictada por el Tribunal Superior
de Justicia de Madrid.
Por todo lo expuesto, la ejecución definitiva se decreta por la cantidad de 4.153,33
euros de principal (3.614,80 euros de salarios de tramitación, más 284,02 euros de indemnización y más 254,51 euros de reclamación de cantidad) y 550,00 euros de intereses y costas provisionales, sin necesidad de retrotraer el procedimiento.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los
tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de
este Juzgado abierta en la entidad BANCO SANTANDER; para pagos por transferencia
IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con el concepto 2516-0000-64-0129-20 y para pagos en ventanilla 2516-0000-64-0129-20.
Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez.
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 4.153,33 euros de principal; 550,00 euros de intereses y costas provisionales, se declara la insolvencia provisional total del ejecutado TEJADOS Y FACHADAS ASTURIAS SL, sin perjuicio de que pudieran
encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
Hágase entrega de los testimonios necesarios a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, los cuales se remitirán por correo certificado, con acuse de recibo.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
Modo de impugnación: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en
el plazo de tres días desde su notificación.

Y para que sirva de notificación en legal forma a TEJADOS Y FACHADAS ASTURIAS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo

BOCM-20210715-116

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.