Villa del Prado (BOCM-20210715-85)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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B.O.C.M. Núm. 167

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 15 DE JULIO DE 2021

d Pruebas de personalidad y capacidades en las que se valorarán aspectos tales
como estabilidad emocional, autoconfianza, y habilidades interpersonales para
el trabajo policial.
— Segunda: Prueba de conocimientos, que consistirá en la contestación por escrito
de un cuestionario de 100 preguntas relacionados con el temario que figura como
Anexo III a las presentes bases, así como en la realización de un ejercicio de conocimiento de idiomas. Ambos ejercicios se realizarán en una misma sesión como
a continuación se indica:
a) Prueba de conocimientos, que consistirá en la contestación por escrito de un
cuestionario de 80 preguntas que versarán sobre el contenido del programa.
Este cuestionario estará compuesto por preguntas con tres respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta. El tiempo máximo de realización de este
ejercicio será de 70 minutos.
b) Ejercicio de conocimientos del idioma inglés, que se corresponderá con el nivel A2 que establece el Marco Europeo de Referencia, y que consistirá en
cumplimentar en 30 minutos un cuestionario de 20 preguntas sobre cuestiones de gramática y vocabulario de dicho idioma, con tres respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta.
— Tercera: Pruebas físicas adecuadas a las funciones a realizar y tendentes a comprobar, entre otros aspectos, las condiciones de equilibrio, velocidad, resistencia
y coordinación. Para ello se realizarán las siguientes pruebas:
d Carrera de resistencia sobre 800 metros.
d Carrera de velocidad sobre 60 metros.
d Lanzamiento de balón medicinal.
d Salto de longitud desde posición de parado.
d Natación (25 metros).
Estas pruebas se realizarán con arreglo a las normas que figuran en el Anexo I.
Para poder participar en estas pruebas se deberá presentar el certificado médico
conforme a lo establecido en el apartado h) de la base 2.1.
En el desarrollo de estas pruebas se podrá realizar el pertinente control antidopaje
al número de aspirantes que, previo acuerdo, determine el Tribunal. De obtenerse
en este control niveles de sustancias prohibidas superiores a los establecidos como
máximas admisibles por los órganos con competencia en la materia, la persona aspirante será eliminado/a de las pruebas por el Tribunal.
— Cuarta: Reconocimiento médico. Reconocimiento médico practicado por personal
facultativo de la entidad sanitaria determinada por el Ayuntamiento de Villa del
Prado y en el que se realizarán cuantas pruebas clínicas, analíticas y complementarias o de otra clase se consideren necesarias para comprobar que las personas aspirantes no están incursas en el cuadro médico de exclusiones que figura en el
Anexo II. En este acto se procederá a comprobar la talla, a los efectos de cumplimentación de lo establecido en el apartado g) de la base 2.1.
A fin de poder realizar la prueba de reconocimiento médico, será necesario cumplimentar en la propia instancia de participación en el proceso selectivo, la autorización para
someterse a las pruebas médicas que sean necesarias para la realización de esta cuarta prueba de la fase de oposición.
Sin perjuicio de la finalidad de esta cuarta prueba de reconocimiento médico, en cualquier fase del proceso selectivo se podrán realizar los correspondientes análisis de sangre y
orina o cualquier otro que se estime conveniente para detectar el consumo de drogas tóxicas, estupefacientes o psicotrópicos.
La participación en el proceso selectivo lleva implícita la autorización expresa para la
realización de estos análisis.
Si la persona interesada se negara a someterse a la realización de dichos análisis, el Tribunal, previa audiencia de la misma, acordará su exclusión del proceso.
Si alguna de las personas aspirantes en la fecha de celebración de las pruebas físicas
se encontrara en estado de embarazo, parto o puerperio, debidamente acreditado, realizará
el resto de pruebas, quedando la calificación, en el caso de que superase todas las demás,
condicionada a la superación de las pruebas de aptitud física, en la fecha que el tribunal determine al efecto, una vez desaparecidas las causas que motivaron el aplazamiento. Dicho
aplazamiento no podrá superar los seis meses de duración, desde el comienzo de las prue-

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BOCM-20210715-85

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