Villa del Prado (BOCM-20210715-85)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 326
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 15 DE JULIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 167
tuación obtenida en el curso selectivo de formación. En caso de persistir el empate se
atenderá a la puntuación conseguida en la prueba de conocimientos; de persistir el empate, este se resolverá por orden alfabético del primer apellido de las personas empatadas,
iniciándose el desempate por la letra que determine el sorteo anual realizado por la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas.
Obtenidas las calificaciones definitivas, el Tribunal Calificador publicará en el tablón
de edictos del Ayuntamiento de Villa del Prado la relación de aprobados/as por orden de
puntuación.
14. Nombramiento como funcionario de carrera
Efectuada la publicación en el tablón de edictos, se elevará dicha relación al órgano
competente para su nombramiento como funcionario/as de carrera en la categoría de Agente Policía del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Villa del Prado.
El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación
de los actos de los órganos de selección dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el
desarrollo de su cometido de valoración estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
15. Toma de posesión
15.1. Plazo. Las personas nombradas funcionario/as de carrera deberán tomar posesión en el plazo de treinta días naturales a contar desde la publicación del nombramiento en
el tablón de edictos del Ayuntamiento de Villa del Prado.
15.2. Forma. Para la toma de posesión, las personas interesadas comparecerán en el
Departamento de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Villa del Prado, en cuyo momento y como requisito previo a la extensión de la diligencia en la que se constate su toma
de posesión, deberán prestar el juramento o promesa que prescribe la legislación vigente y
formular la declaración jurada de las actividades que estuvieran realizando.
15.3. Efectos de la falta de toma de posesión. Quienes sin causa justificada no tomarán
posesión dentro del plazo señalado en el apartado 15.1 no accederán a la categoría de Agente
de Policía del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Villa del Prado, perdiendo todos
los derechos derivados de las pruebas selectivas y del subsiguiente nombramiento conferido.
Asimismo, desde la toma de posesión, los funcionario/as quedarán obligado/as a utilizar los
medios que para el ejercicio de sus funciones ponga a su disposición el Ayuntamiento.
ANEXO I
PRUEBAS FÍSICAS
Las pruebas se realizarán siguiendo el orden que determine el Tribunal Calificador y
por personal especializado en la materia.
1.1. Disposición: El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado para la salida, pudiendo realizarla de pie o agachado, sin tacos de salida.
1.2. Ejecución: La propia de este tipo de carreras, adaptada a los requisitos mínimos
en cuanto a condiciones del terreno especificadas en el Reglamento de la F. I. A. (Federación Internacional de Atletismo), corriendo desde la salida por calle libre.
1.3. Medición: Podrá ser manual, duplicándose en este caso los cronos por cada calle ocupada por un aspirante, tomándose el tiempo medio de las 2 mediciones.
1.4. Intentos: Un solo intento.
1.5. Invalidaciones:
— Obstruir impidiendo el avance o empujar intencionadamente a otro corredor.
— Abandonar voluntariamente la pista durante la carrera, no permitiéndose el continuar en la prueba.
— Cuando se realice por un mismo aspirante 2 salidas falsas.
Medición: minutos y segundos:
Puntos, hombres, mujeres:
0, 3 minutos 45 segundos o más, 4 minutos 25 segundos o más.
1, 3 minutos 34 segundos, 4 minutos 14 segundos.
BOCM-20210715-85
1. Carrera de resistencia sobre 800 metros
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tuación obtenida en el curso selectivo de formación. En caso de persistir el empate se
atenderá a la puntuación conseguida en la prueba de conocimientos; de persistir el empate, este se resolverá por orden alfabético del primer apellido de las personas empatadas,
iniciándose el desempate por la letra que determine el sorteo anual realizado por la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas.
Obtenidas las calificaciones definitivas, el Tribunal Calificador publicará en el tablón
de edictos del Ayuntamiento de Villa del Prado la relación de aprobados/as por orden de
puntuación.
14. Nombramiento como funcionario de carrera
Efectuada la publicación en el tablón de edictos, se elevará dicha relación al órgano
competente para su nombramiento como funcionario/as de carrera en la categoría de Agente Policía del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Villa del Prado.
El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación
de los actos de los órganos de selección dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el
desarrollo de su cometido de valoración estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
15. Toma de posesión
15.1. Plazo. Las personas nombradas funcionario/as de carrera deberán tomar posesión en el plazo de treinta días naturales a contar desde la publicación del nombramiento en
el tablón de edictos del Ayuntamiento de Villa del Prado.
15.2. Forma. Para la toma de posesión, las personas interesadas comparecerán en el
Departamento de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Villa del Prado, en cuyo momento y como requisito previo a la extensión de la diligencia en la que se constate su toma
de posesión, deberán prestar el juramento o promesa que prescribe la legislación vigente y
formular la declaración jurada de las actividades que estuvieran realizando.
15.3. Efectos de la falta de toma de posesión. Quienes sin causa justificada no tomarán
posesión dentro del plazo señalado en el apartado 15.1 no accederán a la categoría de Agente
de Policía del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Villa del Prado, perdiendo todos
los derechos derivados de las pruebas selectivas y del subsiguiente nombramiento conferido.
Asimismo, desde la toma de posesión, los funcionario/as quedarán obligado/as a utilizar los
medios que para el ejercicio de sus funciones ponga a su disposición el Ayuntamiento.
ANEXO I
PRUEBAS FÍSICAS
Las pruebas se realizarán siguiendo el orden que determine el Tribunal Calificador y
por personal especializado en la materia.
1.1. Disposición: El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado para la salida, pudiendo realizarla de pie o agachado, sin tacos de salida.
1.2. Ejecución: La propia de este tipo de carreras, adaptada a los requisitos mínimos
en cuanto a condiciones del terreno especificadas en el Reglamento de la F. I. A. (Federación Internacional de Atletismo), corriendo desde la salida por calle libre.
1.3. Medición: Podrá ser manual, duplicándose en este caso los cronos por cada calle ocupada por un aspirante, tomándose el tiempo medio de las 2 mediciones.
1.4. Intentos: Un solo intento.
1.5. Invalidaciones:
— Obstruir impidiendo el avance o empujar intencionadamente a otro corredor.
— Abandonar voluntariamente la pista durante la carrera, no permitiéndose el continuar en la prueba.
— Cuando se realice por un mismo aspirante 2 salidas falsas.
Medición: minutos y segundos:
Puntos, hombres, mujeres:
0, 3 minutos 45 segundos o más, 4 minutos 25 segundos o más.
1, 3 minutos 34 segundos, 4 minutos 14 segundos.
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1. Carrera de resistencia sobre 800 metros