Mancomunidad Intermunicipal de Servicios El Alberche (BOCM-20210715-86)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 167

JUEVES 15 DE JULIO DE 2021

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lizados para la administración local, méritos académicos, actividades de formación realizadas, etc.
— Documentación acreditativa de los méritos que se aleguen a efectos de valoración
en la fase de concurso considerando que solo se valorarán aquellos méritos que
tengan algún tipo de vinculación con el objeto de esta contratación y que queden
perfectamente acreditados como consecuencia del examen directo de la documentación aportada. En todo caso, la documentación aportada deberá ser original o fotocopia compulsada.
Quinta. Admisión de aspirantes
Expirado el plazo de presentación de instancias, por la Presidencia se dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos
y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en la sede electrónica de esta Mancomunidad y, en su caso, en el Tablón
de Anuncios municipal, se señalará un plazo de diez días hábiles para su subsanación.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Presidencia se aprobará la lista definitiva
de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará de la misma forma establecida en el
párrafo anterior. En el supuesto de que no existiesen reclamaciones contra la lista publicada, se entenderá elevada a definitiva sin la necesidad de una nueva publicación.
En la misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en que habrá de realizarse el primer ejercicio de selección. El llamamiento para posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en el tablón de edictos de la Mancomunidad; los anuncios de la celebración de las sucesivas pruebas deberán hacerse públicos por el órgano de selección en los
locales donde se haya celebrado la prueba anterior, con doce horas, al menos, de antelación
al comienzo de esta, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si se trata de
uno nuevo.

El Tribunal Calificador estará constituido por:
— Presidente: la Directora y Coordinadora de los Servicios Sociales de la Mancomunidad.
— Secretario: el que lo sea de la Mancomunidad o miembro de la misma en quien
delegue.
— Dos Vocales: dos administrativos, tanto personal funcionario como laboral, de alguno de los Ayuntamientos pertenecientes a la Mancomunidad.
El artículo 60.3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, establece que los
órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de
imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.
El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección. La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimento
de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización
y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente
convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por el
Tribunal, por mayoría.
Séptima. Sistemas de selección y desarrollo de los procesos
Procedimiento de selección:
El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:
— Concurso: 20 puntos.
— Oposición: 20 puntos.

BOCM-20210715-86

Sexta. Tribunal Calificador