Móstoles número 3 (BOCM-20210715-146)
Ejecución 37/2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 167

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 15 DE JULIO DE 2021

Pág. 409

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
146

MÓSTOLES NÚMERO 3
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. María del Mar García Escobar, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de
lo Social nº 3 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento 37/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a
instancia de D./Dña. ANTONIO COLUMCHE Y OTROS y FOGASA frente a M6 GPO
sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
A los efectos de las presentes actuaciones y para el pago de 318.537,89 euros (que corresponde a DANIEL CARRETERO GUTIÉRREZ 3.970,55 euros, JORGE SORIANO
MONGE 5.398,53 euros, JOSÉ ALBERTO SÁNCHEZ MONCADA 4737,01 euros, FERNANDO SORIANO MONGE 17.020,32 euros, MARIUS VAS SARB 19.850,02 euros,
JOSÉ LUIS PEÑA LÓPEZ 15.116,69 euros, FLORIN LUC PASZTOR 26.272,92 euros,
DIMITRI DA ION 16.583,01 euros, PEDRO GONZÁLEZ MEDINA 35.294,53 euros,
MANUEL GARCÍA ROBLAS 17.133,68 euros, JUAN GAMERO PLAZA 34.026,08
euros, JOSÉ LUIS CARRETERO GUTIÉRREZ 23.240,05 euros, MIGUEL ANTONIO
COLUNCHE VIELBA 19.993,20 euros, JESÚS POUSIBET QUESADA 18.482,05 euros,
FRANCISCO GARCÍA BARTOLOMÉ 6.970,22 euros, IGNACIO DE PAZ RODRÍGUEZ 32.832,23 euros, MARIUSZ SPYRA 21.616,80 euros) y 31.853,78 euros de intereses y costas se declara la insolvecia provisional total del ejecutado M6 GPO, sin perjuicio
de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda objeto de la presente ejecución.
Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS).
Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL.
Una vez firme esta resolución, archívense las presentes actuaciones dejando nota en
los libros correspondientes
Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el
plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de
la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 L.J.S).
Y para que sirva de notificación en legal forma a M6 GPO, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a veintidós de junio de dos mil veintiuno.

(03/21.875/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA