D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20210715-43)
Convenio –  Anuncio de 29 de junio de 2021, del anexo al convenio interadministrativo de colaboración entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Juventud y Deporte) y el Ayuntamiento de Madrid (Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo), sobre equipos de orientación educativa y psicopedagógica de atención temprana y escolarización de alumnado con necesidades educativas especiales
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BOCM
Pág. 134

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 15 DE JULIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 167

ACUERDAN
Primera
Modificación de la cláusula sexta. Vigencia, modificación y extinción del convenio
interadministrativo de colaboración suscrito el 21 de agosto de 2017
entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Juventud y Deporte)
y el Ayuntamiento de Madrid, Área de Gobierno de equidad, Derechos Sociales y Empleo,
sobre equipos de orientación educativa y psicopedagógica de atención temprana
y escolarización de alumnado con necesidades educativas especiales
La cláusula sexta queda redactada del siguiente modo:
“El presente convenio entrará en vigor el 1 de septiembre de 2017 y su vigencia abarcará hasta la finalización del curso 2017-2018. Su contenido podrá ser modificado por mutuo acuerdo de las partes mediante la suscripción del oportuno acuerdo de modificación.
El presente convenio podrá prorrogarse por acuerdo de ambas partes para sucesivos
cursos escolares mediante la suscripción, al comienzo de cada curso escolar, de un anexo
al mismo en el que se concretarán las respectivas obligaciones y aportaciones económicas.
La duración máxima del convenio, incluidas sus posibles prórrogas, no podrá extenderse
más allá de la finalización de curso 2021-2022.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en alguna de las siguientes
causas de resolución:
a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga
del mismo.
b) El acuerdo de ambas partes firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguna de las partes firmantes.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) Imposibilidad sobrevenida para su realización.
El cumplimiento o, en su caso, la resolución del convenio producirá los efectos contemplados en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público”.
Segunda
Prórroga del convenio
Ambas partes acuerdan prorrogar para el curso escolar 2021-2022 el convenio interadministrativo de colaboración sobre equipos de orientación educativa y psicopedagógica de atención temprana y atención a alumnos con necesidades educativas especiales suscrito el 21 de
agosto de 2017, manteniéndose las mismas obligaciones de ambas partes previstas en las cláusulas segunda y tercera y actualizándose la aportación económica del Ayuntamiento de Madrid
prevista en la cláusula tercera del convenio de referencia, tal y como se recoge a continuación.
Igualmente se mantendrá, de acuerdo a la normativa que sea de aplicación durante la prórroga,
las obligaciones en materia de protección de datos recogidas en la cláusula quinta del convenio de referencia.
Tercera
La Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía del Gobierno se compromete a facilitar que durante el curso escolar 2021-2022 los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica de Atención Temprana de la Comunidad de Madrid continúen realizando en relación con las Escuelas Infantiles de la Red Pública del Ayuntamiento de
Madrid sus actuales funciones de orientación y preventivas, así como la detección, atención
y escolarización de las niñas y niños con necesidades educativas especiales. A este fin, los
citados Equipos mantendrán en su plan anual de actuación la atención a dichos centros.
Los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica de Atención Temprana de
la Comunidad de Madrid ubicados en el municipio de Madrid mantendrán su sectorización
actual y su dependencia jurídica y orgánica de la Consejería de Educación, Universidades,

BOCM-20210715-43

Obligaciones de la Comunidad de Madrid