Alpedrete (BOCM-20210714-38)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 166

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE JULIO DE 2021

Pág. 131

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
38

ALPEDRETE
RÉGIMEN ECONÓMICO

De conformidad con los previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
para la concesión de ayudas para colaborar con los gastos de vivienda habitual, cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/573704
BDNS (Identif.): 573704

BOCM-20210714-38

Primero. Beneficiarios.—Unidades familiares de convivencia empadronadas en el municipio de Alpedrete que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 5 de la convocatoria.
Segundo. Objeto.—Colaborar con los gastos de vivienda habitual de las personas
empadronadas en Alpedrete.
Tercero. Bases reguladoras.
http://w3.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/02/15/BOCM-20170215-43.PDF
Cuarto. Texto de la convocatoria.
https://www.alpedrete.es/portal-de-tramites/impresos/
Quinta. Cuantía.—Se crea un fondo dotado con 56.000,00 euros. El importe de la
ayuda será de un máximo de 500,00 euros por unidad familiar.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.—Treinta días hábiles a contar desde el
siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Séptimo. Gastos subvencionables.—Son gastos subvencionables el suministro eléctrico, gas, abastecimiento de agua, alquiler, y cualquier otro periódico e ineludible para el
uso de la vivienda, excluidos los gastos relacionados con la adquisición de la vivienda (hipoteca), así como los impuestos vinculados a la misma, realizados desde noviembre de 2020,
hasta la fecha de publicación del extracto de la convocatoria de la subvención.
Octavo. Documentación justificativa de gastos de la vivienda.—Justificantes de
pago a su nombre (solicitante de la ayuda), de cualquier gasto subvencionable, realizados
desde noviembre de 2020, hasta la fecha de publicación del extracto de la convocatoria de
la subvención.
Alpedrete, a 7 de julio de 2021.—El alcalde, Juan Rodríguez Fernández Alfaro.
(03/23.252/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791