Madrid (BOCM-20210713-75)
Sala de lo Social. Sección Sexta. Procedimiento 40/2020
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 165

MARTES 13 DE JULIO DE 2021

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE
75

MADRID
SALA DE LO SOCIAL
Sección Sexta
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Encarnación Egido Trillo-Figueroa, letrada de la Administración de Justicia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sección Sexta de lo Social.
Hago saber: Que en el recurso de casación para la unificación de doctrina número 3019/2020
de la Sala Cuarta de lo Social del Tribunal Supremo, seguido a instancias de Limpiezas Royca, S. L., frente a doña Keren San Román y doña Susana Ferrer Domínguez, se ha dictado la
siguiente resolución:
Unificación doctrina número 3019/2020.
Ponente: excelentísimo señor don Ricardo Bodas Martín.
Letrada de la Administración de Justicia: ilustrísima señora doña Margarita Torres Ruiz.
Excelentísimas señoras: doña Rosa María Virolés Piñol y doña Concepción Rosario
Ureste García.
Excelentísimo señor: don Ricardo Bodas Martín.
En Madrid, a 28 de abril de 2021.
Ha sido ponente el excelentísimo señor don Ricardo Bodas Martín.

La Sala acuerda: declarar la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por la letrada doña María José Ruiz Utrera, en nombre y representación de
Limpiezas Royca, S. L., contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 11 de mayo de 2020, en el recurso de suplicación número 40/2020,
interpuesto por Limpiezas Royca, S. L., frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo social
número 25 de los de Madrid, de 4 de octubre de 2019, en el procedimiento número 933/2017,
seguido a instancias de doña Susana Ferrer Domínguez, contra Limpiezas Royca, S. L., y doña
Keren San Román Gutiérrez, sobre ampliación de jornada.
Se declara la firmeza de la sentencia recurrida sin imposición de costas a la parte recurrente y pérdida del depósito constituido.
Contra este auto no cabe recurso alguno.
Devuélvanse los autos de instancia y el rollo de suplicación a la Sala de lo Social del
Tribunal Superior de Justicia de procedencia con certificación de esta resolución y comunicación.
Así lo acordamos, mandamos y firmamos.
Y para que sirva de notificación el legal forma a doña Keren San Román, en ignorado
paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de esta Sección, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 14 de junio de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(03/21.509/21)

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