B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20210713-4)
Puesto libre designación –  Resolución de 30 de junio de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden del Consejero de Hacienda y Función Pública de 17 de mayo de 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 2 de junio), para la provisión de un puesto de trabajo vacante en la entonces Consejería de Justicia, Interior y Víctimas, actual Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, de conformidad con el artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, por el procedimiento de Libre Designación
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 165

MARTES 13 DE JULIO DE 2021

Pág. 17

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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RESOLUCIÓN de 30 de junio de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden del Consejero
de Hacienda y Función Pública de 17 de mayo de 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID de 2 de junio), para la provisión de un puesto de trabajo vacante en la entonces Consejería de Justicia, Interior y Víctimas, actual Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, de conformidad con el artículo 55 de
la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid,
por el procedimiento de Libre Designación.

Por Orden del Consejero de Hacienda y Función Pública, de 17 de mayo de 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 2 de junio), se aprobó convocatoria pública para la provisión de un puesto de trabajo vacante en la entonces Consejería de Justicia, Interior y Víctimas, actual Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, de
conformidad con el artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de
la Comunidad de Madrid, por el procedimiento de Libre Designación.
Mediante Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid,
se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.
En el procedimiento de provisión se han cumplido las normas de la Ley 1/1986, de 10 de
abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de abril); la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería de
Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las convocatorias
para provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril), y, en lo no previsto por
las anteriores, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado (“Boletín Oficial del Estado” de 10 de abril),
así como las demás prescripciones contenidas en la convocatoria correspondiente.
De acuerdo con la propuesta formulada por la Secretaría General Técnica de la Consejería
de Presidencia, Justicia e Interior, y verificado que el candidato propuesto cumple los requisitos
y especificaciones exigidos en la convocatoria, en virtud de la competencia atribuida a esta Dirección General en la letra q) del artículo 9.1) del Decreto 272/2019, de 22 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la entonces Consejería de Hacienda y Función Pública, actual Consejería de Economía, Hacienda y Empleo,
RESUELVO
Primero
Objeto
Se adjudica el puesto de trabajo convocado al funcionario que figura en el listado.
Segundo
1. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días, salvo lo
previsto en los apartados siguientes. Dicho plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al de la publicación de la presente resolución, salvo que la Administración de origen difiera el cese conforme a la normativa aplicable.
El cómputo del plazo posesorio se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias
que, en su caso, hayan sido concedidas a los interesados, salvo que, por causas justificadas,
el órgano que los concedió acuerde suspender el disfrute de los mismos.

BOCM-20210713-4

Toma de posesión