C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20210712-18)
Bien de interés cultural –  Decreto 154/2021, de 7 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Bien de Interés Cultural, en la categoría de monumento, la iglesia parroquial de la Asunción de Nuestra Señora de Robledo de Chavela (Madrid)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE JULIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 164

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
DECRETO 154/2021, de 7 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Bien de Interés Cultural, en la categoría de monumento, la iglesia parroquial de la Asunción de Nuestra Señora de Robledo de Chavela (Madrid).

Con base en la propuesta técnica emitida por el Área de Catalogación de Bienes Culturales; de conformidad con lo establecido en el artículo 7 y concordantes de la Ley 3/2013,
de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid; visto que la iglesia parroquial de la Asunción de Nuestra Señora de Robledo de Chavela constituye un interesante
y destacado ejemplo de arquitectura religiosa del siglo XVI en la Comunidad de Madrid, que
ha llegado a nuestros días manteniendo la mayor parte de sus características originales; la Dirección General de Patrimonio Cultural, mediante Resolución de 20 de noviembre de 2020,
incoa expediente de declaración como Bien de Interés Cultural del citado bien.
En cumplimiento de dicha Resolución, se notifica a los interesados, a los efectos procedentes, al Ayuntamiento de Robledo de Chavela, interesándole su exhibición en su tablón
de anuncios por el plazo de un mes y se solicita informe a la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando.
Igualmente, se abre un período de información pública por plazo de un mes, a contar
desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID (10 de diciembre de 2020), y se concede audiencia por el mismo plazo a los interesados, al Ayuntamiento de Robledo de Chavela y al Consejo Regional de Patrimonio Histórico, a fin de que cualquier interesado pueda examinar el expediente y presentar las alegaciones que estime oportunas.
Asimismo, se notifica al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Ministerio
de Cultura y Deporte y al Registro de Bienes de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid,
quedando anotado preventivamente en los respectivos registros con los códigos 30217 y
RBIC-2020-000009.
En el expediente se han cumplimentado todos los trámites previstos de conformidad
con lo establecido en el artículo 7 y concordantes de la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid.
En su reunión del 15 de diciembre de 2020, el Pleno del Consejo Regional de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid muestra su conformidad por unanimidad de sus
miembros con la resolución de la Directora General de Patrimonio Cultural de 20 de noviembre de 2020 por la que se incoa expediente de declaración como Bien de Interés Cultural, en la categoría de Monumento, la iglesia parroquial de la Asunción de Nuestra Señora de Robledo de Chavela (Madrid).
Igualmente, no figura que la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando haya
emitido informe por lo que de conformidad con el artículo 7.3 de la Ley 3/2013, de 8 de junio, el mismo se entiende en sentido favorable a la declaración de Bien de Interés Cultural.
Durante el proceso de instrucción se observaron en el Anexo a la Resolución de incoación
del expediente de declaración los siguientes errores de denominación: en el apartado A) 2, donde dice “ríos Jarama y Tajuña” debe decir “Guadarrama y Alberche”; en el apartado E),
donde dice “Santa María la Mayor” debe decir “La Asunción de Nuestra Señora”. Dichos
errores han sido corregidos y subsanados.
Por todo ello, dado que la subsanación de los errores de denominación antes mencionados no supone una modificación sustancial del objeto de la declaración, y no constando
que se hayan presentado alegaciones, se reitera la propuesta técnica inicial con las correcciones descritas.
En su virtud, de acuerdo con lo establecido en la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 1.3 Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería
de Cultura, Turismo y Deporte, y previa deliberación en su reunión del día 7 de julio de 2021,

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