Villalbilla (BOCM-20210709-96)
Régimen económico. Ordenanza prestaciones sociales carácter económico
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 162
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE JULIO DE 2021
Pág. 301
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
96
VILLALBILLA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20210709-96
El Pleno del Ayuntamiento de Villalbilla, en sesión celebrada el 25 de junio de 2021,
acordó la aprobación inicial de la ordenanza reguladora de las prestaciones sociales de
carácter económico. Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 y 70.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, para que las personas interesadas puedan examinar el expediente y presentar las
reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser consultado por cualquier persona interesada en las dependencias municipales, así como en la sede electrónica de este Ayuntamiento:
— https://aytovillalbilla.sedelectronica.es/transparency
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
En Villalbilla, a 28 de junio de 2021.—El secretario general del Ayuntamiento de Villalbilla, Alfredo Carrero Santamaría.
(03/22.365/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 162
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE JULIO DE 2021
Pág. 301
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
96
VILLALBILLA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20210709-96
El Pleno del Ayuntamiento de Villalbilla, en sesión celebrada el 25 de junio de 2021,
acordó la aprobación inicial de la ordenanza reguladora de las prestaciones sociales de
carácter económico. Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 y 70.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, para que las personas interesadas puedan examinar el expediente y presentar las
reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser consultado por cualquier persona interesada en las dependencias municipales, así como en la sede electrónica de este Ayuntamiento:
— https://aytovillalbilla.sedelectronica.es/transparency
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
En Villalbilla, a 28 de junio de 2021.—El secretario general del Ayuntamiento de Villalbilla, Alfredo Carrero Santamaría.
(03/22.365/21)
http://www.bocm.es
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ISSN 1989-4791