Daganzo de Arriba (BOCM-20210709-75)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 270
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE JULIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 162
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
75
DAGANZO DE ARRIBA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20210709-75
El Pleno del Ayuntamiento de Daganzo en sesión ordinaria celebrada el día 23 de junio de 2021, acordó la modificación de la ordenanza fiscal F-15 reguladora de la tasa por la
prestación de los servicios de piscinas, actividades e instalaciones deportivas.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, y la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo
de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Lo que se hace público a los efectos legales establecidos.
Daganzo de Arriba, a 29 de junio de 2021.—La primera teniente de alcalde, en nombre del alcalde (firmado).
(03/22.448/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 270
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VIERNES 9 DE JULIO DE 2021
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
75
DAGANZO DE ARRIBA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20210709-75
El Pleno del Ayuntamiento de Daganzo en sesión ordinaria celebrada el día 23 de junio de 2021, acordó la modificación de la ordenanza fiscal F-15 reguladora de la tasa por la
prestación de los servicios de piscinas, actividades e instalaciones deportivas.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, y la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo
de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Lo que se hace público a los efectos legales establecidos.
Daganzo de Arriba, a 29 de junio de 2021.—La primera teniente de alcalde, en nombre del alcalde (firmado).
(03/22.448/21)
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ISSN 1989-4791