B) Autoridades y Personal - UNIVERSIDAD DE ALCALÁ (BOCM-20210709-26)
Puesto libre designación – Resolución de 29 de junio de 2021, de la Universidad de Alcalá, por la que se anuncia convocatoria pública para la provisión, mediante el sistema de Libre Designación, de un puesto de trabajo vacante en esta Universidad
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 162
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE JULIO DE 2021
Pág. 85
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Universidad de Alcalá
26
RESOLUCIÓN de 29 de junio de 2021, de la Universidad de Alcalá, por la que se
anuncia convocatoria pública para la provisión, mediante el sistema de Libre
Designación, de un puesto de trabajo vacante en esta Universidad.
En la relación de puestos de trabajo del personal funcionario de Administración y
Servicios de esta Universidad, se encuentra vacante el puesto de trabajo cuyas características se especifican en el documento anexo a esta Resolución.
Este Rectorado, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica 6/2001, de 21
de diciembre, de Universidades, modificada por Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, y el artículo 150.2 de los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Decreto 221/2003, de 23 de
octubre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 31 de octubre), con posteriores modificaciones, ha resuelto anunciar su cobertura mediante el procedimiento de Libre Designación, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; en la Ley 30/1984, de 2 de
agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y posteriores modificaciones; en
el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de
Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles del Estado, y posteriores modificaciones; en el artículo 14 de la Constitución española, y en el artículo 34 de la
Directiva 2006/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio, relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación, con arreglo a las siguientes
BASES
Primera
Podrán participar el personal funcionario de carrera que reúna los requisitos establecidos para el desempeño del puesto detallado en el Anexo.
Segunda
Las solicitudes irán dirigidas al Rector de la Universidad de Alcalá y habrán de presentarse en cualquiera de los cuatro puntos del Servicio de Registro de la Universidad de Alcalá, o remitirse a través de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el
plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
A la solicitud se adjuntará un “curriculum vitae”, en el que harán constar los títulos
académicos que posean, puestos de trabajo desempeñados, tanto en la Administración Pública como en la empresa privada, especialmente referidos a los requisitos mínimos exigidos en la convocatoria, estudios, cursos realizados, conocimientos de idiomas y cuantos
otros méritos estimen oportuno poner de manifiesto.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, a partir del día siguiente a su publicación, ante los
Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid. Sin perjuicio de lo anterior, la presente Resolución podrá ser recurrida, potestativamente, en reposición ante el Gerente en el
plazo de un mes. En este caso, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo
hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
BOCM-20210709-26
Tercera
B.O.C.M. Núm. 162
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE JULIO DE 2021
Pág. 85
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Universidad de Alcalá
26
RESOLUCIÓN de 29 de junio de 2021, de la Universidad de Alcalá, por la que se
anuncia convocatoria pública para la provisión, mediante el sistema de Libre
Designación, de un puesto de trabajo vacante en esta Universidad.
En la relación de puestos de trabajo del personal funcionario de Administración y
Servicios de esta Universidad, se encuentra vacante el puesto de trabajo cuyas características se especifican en el documento anexo a esta Resolución.
Este Rectorado, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica 6/2001, de 21
de diciembre, de Universidades, modificada por Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, y el artículo 150.2 de los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Decreto 221/2003, de 23 de
octubre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 31 de octubre), con posteriores modificaciones, ha resuelto anunciar su cobertura mediante el procedimiento de Libre Designación, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; en la Ley 30/1984, de 2 de
agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y posteriores modificaciones; en
el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de
Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles del Estado, y posteriores modificaciones; en el artículo 14 de la Constitución española, y en el artículo 34 de la
Directiva 2006/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio, relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación, con arreglo a las siguientes
BASES
Primera
Podrán participar el personal funcionario de carrera que reúna los requisitos establecidos para el desempeño del puesto detallado en el Anexo.
Segunda
Las solicitudes irán dirigidas al Rector de la Universidad de Alcalá y habrán de presentarse en cualquiera de los cuatro puntos del Servicio de Registro de la Universidad de Alcalá, o remitirse a través de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el
plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
A la solicitud se adjuntará un “curriculum vitae”, en el que harán constar los títulos
académicos que posean, puestos de trabajo desempeñados, tanto en la Administración Pública como en la empresa privada, especialmente referidos a los requisitos mínimos exigidos en la convocatoria, estudios, cursos realizados, conocimientos de idiomas y cuantos
otros méritos estimen oportuno poner de manifiesto.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, a partir del día siguiente a su publicación, ante los
Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid. Sin perjuicio de lo anterior, la presente Resolución podrá ser recurrida, potestativamente, en reposición ante el Gerente en el
plazo de un mes. En este caso, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo
hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
BOCM-20210709-26
Tercera