Leganés (BOCM-20210709-84)
Organización y funcionamiento. Delegación de competencias
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B.O.C.M. Núm. 162

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE JULIO DE 2021

6. Incoación y tramitación de los procedimientos sancionadores y de reparación previstos en la Ley 8/2005, de 26 de diciembre, de Protección y Fomento del Arbolado Urbano de la Comunidad de Madrid, y resolución en el caso de infracciones leves.
7. Mobiliario urbano, áreas infantiles y circuitos biosaludables.
8. Servicio de Desinfección, Desinfectación y Desratización.
9. Políticas de Sostenibilidad, Calidad del aire, Mapa de ruidos y Agenda XXI.
10. Promoción de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).
11. Educación medioambiental.
12. La protección, el bienestar y la tenencia de animales de compañía en el municipio.
13. Gestión del Centro de Protección Animal y del Censo Municipal d Animales Domésticos. La Ordenanza Municipal Reguladora de la Tenencia de Animales de Compañía:
aplicación y régimen de sanciones.
14. Agencia de la energía.
15. La Presidencia de la Junta de Distrito de La Fortuna.
16. Fiestas de San Fortunato y el resto de fiestas que se celebren en La Fortuna.
Séptimo.—Delegar las siguientes competencias en el o la titular de la Concejalía Delegada de Mayores, Participación Ciudadana, Festejos, Cooperación y Presidencia de la
Junta de Distrito de San Nicasio:
1. Impulso y gestión de las políticas de participación ciudadana.
2. Registro de asociaciones.
3. Impulsar proyectos de colaboración con asociaciones y entidades ciudadanas a
través de subvenciones.
4. Política de mayores. Gestión de los centros de mayores.
5. Fiestas locales, Navidad, Carnavales y otras fiestas de carácter puntual.
6. Espectáculos y asuntos taurinos.
7. Plan Municipal de Cooperación:
— Apoyo a la inmigración en origen trabajando con los municipios.
— Proyectos de sensibilización y ayuda de emergencia y humanitaria.
— Proyectos de cooperación en ciudades hermanadas.
8. Participación en la Alianza de Municipios del Sur.
9. La Presidencia de la Junta de Distrito de San Nicasio.
10. Interlocución y mediación entre el Ayuntamiento y los vecinos y vecinas del barrio de El Carrascal, para atender sus propuestas y demandas.
Octavo.—Delegar las siguientes competencias en el o la titular de la Concejalía Delegada de Seguridad Ciudadana, Comunicación, Portavocía del Gobierno, Desarrollo Local
y Empleo:
1. Organizar y dirigir el Cuerpo de la Policía Local, proponiendo y ejecutando los
planes de funcionamiento y adquisición del material, mejora y actualización del mismo.
2. Ejecutar las atribuciones conferidas al Alcalde por la Ley Orgánica 4/2015, de 30
de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana, así como imponer las sanciones previstas en dicha Ley y en la normativa reguladora de Espectáculos Públicos.
3. La dirección y control del Servicio de Bomberos, Emergencias y Protección Civil.
4. Sensibilizar a la sociedad y señalar las líneas de actuación preventiva en materia
de protección civil.
5. La competencia para incoar expediente disciplinario y, en su caso, sancionar a los
miembros del Cuerpo de Policía Local, según lo establecido en la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid.
6. Venta ambulante, incluidos mercados y mercadillos.
7. Comunicar a la ciudadanía las actividades que se generan desde las diferentes
Concejalías del Ayuntamiento, tanto la información institucional como la de otras entidades de la ciudad.
8. Mantener relaciones con los medios de comunicación y otros gabinetes de comunicación de organismos públicos y/o privados.
9. Empresa Municipal Leganés Gestión de Medios, S.A.U.
10. Promoción de la economía local y el empleo. Gestión de fondos europeos.
11. Promoción del comercio local.
12. Formación empresarial, orientación para el empleo y autoempleo y Bolsa municipal de empleo.
13. Subvenciones a Entidades Urbanísticas de Conservación.

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