Móstoles número 1 (BOCM-20210709-134)
Ejecución 94/2021
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 162
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE JULIO DE 2021
Pág. 351
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
134
MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 1 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución 94/2021-V, de este juzgado de lo
Social, seguido a instancia de D./Dña. LORENA ALONSO JULIAN frente a ALMAR
CHIRINGUITO URBANO SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Decreto
de insolvencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 1119,73 euros de principal; más 190 euros de intereses y calculados para costas, se declara la INSOLVENCIA
PROVISIONAL total del ejecutado ALMAR CHIRINGUITO URBANO SL, sin perjuicio
de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún
pendiente de pago.
Hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL.
Una vez firme la presente resolución, archivense las presentes actuaciones.
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ALMAR CHIRINGUITO URBANO SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a quince de junio de dos mil veintiuno.
BOCM-20210709-134
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/21.342/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 162
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE JULIO DE 2021
Pág. 351
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
134
MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 1 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución 94/2021-V, de este juzgado de lo
Social, seguido a instancia de D./Dña. LORENA ALONSO JULIAN frente a ALMAR
CHIRINGUITO URBANO SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Decreto
de insolvencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 1119,73 euros de principal; más 190 euros de intereses y calculados para costas, se declara la INSOLVENCIA
PROVISIONAL total del ejecutado ALMAR CHIRINGUITO URBANO SL, sin perjuicio
de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún
pendiente de pago.
Hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL.
Una vez firme la presente resolución, archivense las presentes actuaciones.
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ALMAR CHIRINGUITO URBANO SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a quince de junio de dos mil veintiuno.
BOCM-20210709-134
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/21.342/21)
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ISSN 1989-4791