C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20210709-30)
Acreditación competencias profesionales – Orden de 25 de junio de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba convocatoria abierta y permanente de participación en procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales en el ámbito de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 162
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE JULIO DE 2021
Pág. 101
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
ORDEN de 25 de junio de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba convocatoria abierta y permanente de participación
en procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales en
el ámbito de la Comunidad de Madrid.
La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las cualificaciones y de la formación profesional, tiene como finalidad la creación de un sistema nacional de cualificaciones y formación
profesional. En su artículo 3, apartado 5, señala que uno de los fines del sistema nacional de
cualificaciones y formación profesional es evaluar y acreditar oficialmente la cualificación
profesional, cualquiera que hubiera sido la forma de su adquisición. Por otro lado, el artículo 4, apartado 1.b), establece que uno de sus instrumentos es un procedimiento de reconocimiento, evaluación, acreditación y registro de las cualificaciones profesionales.
El Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias
profesionales adquiridas por experiencia laboral, establece el procedimiento y los requisitos para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por las
personas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, así como los
efectos de esa evaluación y acreditación de competencias, como marco legal básico en todo
el territorio del Estado.
El artículo 22 del Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la
Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional
para el Empleo en el ámbito laboral, dispone que las Administraciones Públicas competentes
favorecerán que los trabajadores ocupados y desempleados avancen y completen la cualificación profesional mediante procedimientos que evalúen y acrediten las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral y que combinen el reconocimiento de dichas competencias, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, con una
oferta de formación modular para la obtención de certificados de profesionalidad.
Desde la implantación del procedimiento de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral en España, en 2009, las administraciones educativas y laborales han realizado 231 convocatorias, con un total de 266.646 plazas para diferentes unidades de competencia incluidas en las Cualificaciones Profesionales del
Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. Si se compara con el número de personas sin acreditación de su cualificación profesional en España, 11 millones, este procedimiento ha llegado al 2,42 % de los potenciales beneficiarios del mismo en 10 años.
La necesidad de impulsar los procedimientos de acreditación de las competencias profesionales ha quedado plasmada en el Plan de Modernización de la Formación Profesional
del Ministerio de Educación y Formación Profesional a nivel estatal, así como en La Estrategia Madrid por el Empleo, a nivel autonómico, siendo una de las medidas para la mejora
de la empleabilidad el desarrollo de acreditación de competencias profesionales adquiridas
mediante la experiencia profesional u otras vías no formales de formación, en función de
las necesidades de las personas y del sistema productivo. Entre las principales novedades
incorporadas por el Plan de Modernización se encuentra “la apertura de un proceso permanente de convocatoria abierta de reconocimiento y acreditación de las competencias profesionales”.
Con el objeto de adaptar el marco procedimental de esta evaluación y acreditación de
las competencias profesionales a las necesidades estructurales del mercado de trabajo en
España y al contexto actual generado por la COVID-19, flexibilizando el procedimiento
para hacer posible la realización de los objetivos establecidos en este Plan de Modernización de la Formación Profesional, se ha publicado el Real Decreto 143/2021, de 9 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, que implica el paso
de procedimientos de acreditación de competencias profesionales basados en convocatorias
específicas por parte de las administraciones, centradas en una o varias cualificaciones, a
un proceso permanente de convocatoria abierta, procedimiento referido, además, a la totalidad de las unidades de competencia profesional incluidas en la oferta existente de Forma-
BOCM-20210709-30
30
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Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
ORDEN de 25 de junio de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba convocatoria abierta y permanente de participación
en procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales en
el ámbito de la Comunidad de Madrid.
La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las cualificaciones y de la formación profesional, tiene como finalidad la creación de un sistema nacional de cualificaciones y formación
profesional. En su artículo 3, apartado 5, señala que uno de los fines del sistema nacional de
cualificaciones y formación profesional es evaluar y acreditar oficialmente la cualificación
profesional, cualquiera que hubiera sido la forma de su adquisición. Por otro lado, el artículo 4, apartado 1.b), establece que uno de sus instrumentos es un procedimiento de reconocimiento, evaluación, acreditación y registro de las cualificaciones profesionales.
El Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias
profesionales adquiridas por experiencia laboral, establece el procedimiento y los requisitos para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por las
personas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, así como los
efectos de esa evaluación y acreditación de competencias, como marco legal básico en todo
el territorio del Estado.
El artículo 22 del Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la
Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional
para el Empleo en el ámbito laboral, dispone que las Administraciones Públicas competentes
favorecerán que los trabajadores ocupados y desempleados avancen y completen la cualificación profesional mediante procedimientos que evalúen y acrediten las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral y que combinen el reconocimiento de dichas competencias, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, con una
oferta de formación modular para la obtención de certificados de profesionalidad.
Desde la implantación del procedimiento de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral en España, en 2009, las administraciones educativas y laborales han realizado 231 convocatorias, con un total de 266.646 plazas para diferentes unidades de competencia incluidas en las Cualificaciones Profesionales del
Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. Si se compara con el número de personas sin acreditación de su cualificación profesional en España, 11 millones, este procedimiento ha llegado al 2,42 % de los potenciales beneficiarios del mismo en 10 años.
La necesidad de impulsar los procedimientos de acreditación de las competencias profesionales ha quedado plasmada en el Plan de Modernización de la Formación Profesional
del Ministerio de Educación y Formación Profesional a nivel estatal, así como en La Estrategia Madrid por el Empleo, a nivel autonómico, siendo una de las medidas para la mejora
de la empleabilidad el desarrollo de acreditación de competencias profesionales adquiridas
mediante la experiencia profesional u otras vías no formales de formación, en función de
las necesidades de las personas y del sistema productivo. Entre las principales novedades
incorporadas por el Plan de Modernización se encuentra “la apertura de un proceso permanente de convocatoria abierta de reconocimiento y acreditación de las competencias profesionales”.
Con el objeto de adaptar el marco procedimental de esta evaluación y acreditación de
las competencias profesionales a las necesidades estructurales del mercado de trabajo en
España y al contexto actual generado por la COVID-19, flexibilizando el procedimiento
para hacer posible la realización de los objetivos establecidos en este Plan de Modernización de la Formación Profesional, se ha publicado el Real Decreto 143/2021, de 9 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, que implica el paso
de procedimientos de acreditación de competencias profesionales basados en convocatorias
específicas por parte de las administraciones, centradas en una o varias cualificaciones, a
un proceso permanente de convocatoria abierta, procedimiento referido, además, a la totalidad de las unidades de competencia profesional incluidas en la oferta existente de Forma-
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