Madrid número 17 (BOCM-20210708-94)
Procedimiento 872/2020
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE JULIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 161

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
94

MADRID NÚMERO 17
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. JOSE MOREIRAS CHAVES LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social nº 17 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 872/2020 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D./Dña. PABLO MANUEL GARCIA RIBADO frente a D./Dña. REMBERTO ORTIZ CASTRO y REMBER CON3 SERVICIOS DE OBRAS Y REFORMAS EN
GENERAL SL sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado el siguiente AUTO DE
ACLARACIÓN DE SENTENCIA DE FECHA 9/6/2021 con la siguiente parte dispositiva:
PARTE DISPOSITIVA
Se acuerda subsanar el defecto advertido en el fallo de la Sentencia de fecha 18/05/2021,
consistente en donde consta 7.080,61 euros debe constar 7.580,61 euros, quedando redactado
en los siguientes términos:
“Que estimando la demanda de despido interpuesta por D.PABLO MANUEL GARCIA RIBADO contra MEMBER CON3 SERVICIOS DE OBRAS Y REFORMAS EN GENERAL SL, D. REMBERTO ORTIZ CASTRO Y FOGASA, debo declarar y declaro improcedente el despido de la parte demandante, condenando a la empresa demandada a que,
a su elección que deberá manifestar en el plazo de los cinco días siguientes al de la notificación de esta sentencia, le readmita en su mismo puesto de trabajo o le indemnice en la
suma de 1.455,82 euros, entendiéndose que de no hacerlo en el plazo indicado opta por lo
primero, y, en caso de readmisión, con abono de los salarios dejados de percibir desde la
fecha del despido hasta la de la notificación de la sentencia o hasta que el trabajador haya
encontrado otro empleo si tal colocación fuese anterior, a razón de un salario diario de 52,94
euros, en cuyo caso habrán de descontarse los salarios percibidos en la nueva empresa. Asimismo, la empresa deberá abonar al trabajador la cantidad de 7.580,61, euros más el interés moratorio de la citada cantidad”.
Incorpórese esta resolución al libro de sentencias y llévese testimonio a los autos.
Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez.
D./Dña. MARIA VALVANUZ PEÑA GARCIA.
EL MAGISTRADO-JUEZ

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a REMBER CON3
SERVICIOS DE OBRAS Y REFORMAS EN GENERAL SL y D./Dña. REMBERTO ORTIZ CASTRO, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo

BOCM-20210708-94

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos
plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.