Parla número 1 (BOCM-20210708-74)
Procedimiento 222/2021
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 150
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE JULIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 161
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE
74
PARLA NÚMERO 1
EDICTO
D./Dña. Andrea Keller Descalzo, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de
Instrucción número 1 de Parla.
Que en el Juicio sobre delitos Leves nº 222/2021 se ha dictado la presente sentencia,
que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
Sentencia nº 40/2021
Parla, a 27 de abril de 2021.—Juez/magistrado-juez: D./Dña. Paula Rodríguez Fernández.
Dña. Paula Rodríguez Fernández; magistrada Juez del Juzgado de Instrucción nº 1 de este
partido, ha visto los presentes autos de Juicio de delito leve seguidos con el núm. 222/2021, por
un presunto delito leve de Hurto, interviniendo como denunciante el Representante Legal y
Letrado del Establecimiento Lidl de la localidad de Parla, como perjudicado el Establecimiento Lidl referido y como denunciada Alba Tamara Rivera López y con asistencia del
Ministerio Fiscal, habiendo recaído la presente resolución con base en los siguientes:
Fallo
Que debo condenar y condeno a Alba Tamara Rivera López como autora responsable
de un delito Leve de Hurto del artículo 234.2 del Código Penal, en grado de tentativa, a la
pena de 29 días de Multa con una cuota diaria de 2 euros, quedando sujeto, caso de no satisfacerla, a la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por
cada dos cuotas diarias no satisfechas, así como al pago de las costas procesales causadas.
Se levanta el depósito constituido sobre el artículo que se intentó sustraer, pudiendo el
establecimiento perjudicado disponer libremente de los mismos.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe
interponer recurso de apelación en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación,
durante los cuales las actuaciones se encontrarán en Secretaría a disposición de las partes.
El escrito de formalización del recurso habrá de presentarse ante el órgano que dictó
la resolución que se impugne y se expondrán ordenadamente las alegaciones sobre quebrantamiento de normas y garantías procesales, error en la apreciación de las pruebas o infracción del precepto constitucional o legal en las que se base la impugnación y se fijará el domicilio para notificaciones.
Entréguese copia de esta resolución a las partes.
Así por esta mi Sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—Firma.
BOCM-20210708-74
Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a Alba Tamara Rivera López,
actualmente paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Parla, a 14 de junio de 2021.—El/la Letrado/a de
la Administración de Justicia.
(03/21.125/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE
74
PARLA NÚMERO 1
EDICTO
D./Dña. Andrea Keller Descalzo, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de
Instrucción número 1 de Parla.
Que en el Juicio sobre delitos Leves nº 222/2021 se ha dictado la presente sentencia,
que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
Sentencia nº 40/2021
Parla, a 27 de abril de 2021.—Juez/magistrado-juez: D./Dña. Paula Rodríguez Fernández.
Dña. Paula Rodríguez Fernández; magistrada Juez del Juzgado de Instrucción nº 1 de este
partido, ha visto los presentes autos de Juicio de delito leve seguidos con el núm. 222/2021, por
un presunto delito leve de Hurto, interviniendo como denunciante el Representante Legal y
Letrado del Establecimiento Lidl de la localidad de Parla, como perjudicado el Establecimiento Lidl referido y como denunciada Alba Tamara Rivera López y con asistencia del
Ministerio Fiscal, habiendo recaído la presente resolución con base en los siguientes:
Fallo
Que debo condenar y condeno a Alba Tamara Rivera López como autora responsable
de un delito Leve de Hurto del artículo 234.2 del Código Penal, en grado de tentativa, a la
pena de 29 días de Multa con una cuota diaria de 2 euros, quedando sujeto, caso de no satisfacerla, a la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por
cada dos cuotas diarias no satisfechas, así como al pago de las costas procesales causadas.
Se levanta el depósito constituido sobre el artículo que se intentó sustraer, pudiendo el
establecimiento perjudicado disponer libremente de los mismos.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe
interponer recurso de apelación en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación,
durante los cuales las actuaciones se encontrarán en Secretaría a disposición de las partes.
El escrito de formalización del recurso habrá de presentarse ante el órgano que dictó
la resolución que se impugne y se expondrán ordenadamente las alegaciones sobre quebrantamiento de normas y garantías procesales, error en la apreciación de las pruebas o infracción del precepto constitucional o legal en las que se base la impugnación y se fijará el domicilio para notificaciones.
Entréguese copia de esta resolución a las partes.
Así por esta mi Sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—Firma.
BOCM-20210708-74
Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a Alba Tamara Rivera López,
actualmente paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Parla, a 14 de junio de 2021.—El/la Letrado/a de
la Administración de Justicia.
(03/21.125/21)
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ISSN 1989-4791