Madrid número 16 (BOCM-20210708-87)
Procedimiento 159/2021
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 161
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE JULIO DE 2021
Pág. 169
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
87
MADRID NÚMERO 16
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. RAQUEL PAZ GARCIA DE MATEOS LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 16 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 159/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de
D./Dña. PATRICIA PERALTA JOSA frente a FOGASA y DEPOSITO DENTAL J&M
ASOCIADO SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
SENTENCIA nº 197/2021
Madrid, a 10 de junio de 2021.—Vistos por la Ilma. Sra. D.ª M.ª Victoria Muñoz González, Magistrada adscrita como refuerzo del Juzgado de lo Social nº 16 de esta capital, los
presentes autos seguidos por Despido, entre D.ª Patricia Peralta Josa asistido del letrado
D. David Ayuso Bartolomé frente a la entidad Depósito Dental J&M Asociado S.L. que no
comparece y FOGASA representada y asistida por la letrada D.ª Silvia Morcillo Castillo,
sobre los siguientes
FALLO
Que DEBO ESTIMAR Y ESTIMO la demanda de despido formulada por D.ª Patricia Peralta Josa contra Depósito Dental J&M asociado S.L., debo declarar y declaro la improcedencia del despido efectuado por la empresa con efectos de 04/12/2020 condenando
a la empresa demandada a estar y pasar por la presente declaración y a que dada la opción
ejercitada por el FOGASA abone al trabajador en concepto de indemnización la cantidad
de 2.795,96 euros.
Se declara asimismo la extinción de la relación laboral con fecha de efectos de 04/12/2020.
CONDENO a Depósito Dental J&M asociado S.L. a abonar a D.ª Patricia Peralta Josa
la cantidad de 1.277,33 euros que devengará el 10 por 100 de interés por mora respecto a
los conceptos salariales reclamados.
Notificase la presente resolución a las partes. Se advierte a la partes que contra esta
Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este
Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o
graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho
de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con
nº 2514-0000-61-0159-21 del BANCO DE SANTANDER aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro
de la condena en el BANCO DE SANTANDER o presentar aval de duración indefinida
y pagadero a primer requerimiento de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que
se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista. Se puede realizar el ingreso por
transferencia bancaria desde una cuenta corriente abierta en cualquier entidad bancaria
distinta de BANCO DE SANTANDER. Para ello ha de seguir todos los pasos siguientes:
BOCM-20210708-87
El Fondo de Garantía Salarial FOGASA responderá de las consecuencias económicas
previstas en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores y siempre dentro de los límites
establecidos en el mencionado precepto.
B.O.C.M. Núm. 161
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE JULIO DE 2021
Pág. 169
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
87
MADRID NÚMERO 16
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. RAQUEL PAZ GARCIA DE MATEOS LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 16 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 159/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de
D./Dña. PATRICIA PERALTA JOSA frente a FOGASA y DEPOSITO DENTAL J&M
ASOCIADO SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
SENTENCIA nº 197/2021
Madrid, a 10 de junio de 2021.—Vistos por la Ilma. Sra. D.ª M.ª Victoria Muñoz González, Magistrada adscrita como refuerzo del Juzgado de lo Social nº 16 de esta capital, los
presentes autos seguidos por Despido, entre D.ª Patricia Peralta Josa asistido del letrado
D. David Ayuso Bartolomé frente a la entidad Depósito Dental J&M Asociado S.L. que no
comparece y FOGASA representada y asistida por la letrada D.ª Silvia Morcillo Castillo,
sobre los siguientes
FALLO
Que DEBO ESTIMAR Y ESTIMO la demanda de despido formulada por D.ª Patricia Peralta Josa contra Depósito Dental J&M asociado S.L., debo declarar y declaro la improcedencia del despido efectuado por la empresa con efectos de 04/12/2020 condenando
a la empresa demandada a estar y pasar por la presente declaración y a que dada la opción
ejercitada por el FOGASA abone al trabajador en concepto de indemnización la cantidad
de 2.795,96 euros.
Se declara asimismo la extinción de la relación laboral con fecha de efectos de 04/12/2020.
CONDENO a Depósito Dental J&M asociado S.L. a abonar a D.ª Patricia Peralta Josa
la cantidad de 1.277,33 euros que devengará el 10 por 100 de interés por mora respecto a
los conceptos salariales reclamados.
Notificase la presente resolución a las partes. Se advierte a la partes que contra esta
Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este
Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o
graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho
de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con
nº 2514-0000-61-0159-21 del BANCO DE SANTANDER aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro
de la condena en el BANCO DE SANTANDER o presentar aval de duración indefinida
y pagadero a primer requerimiento de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que
se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista. Se puede realizar el ingreso por
transferencia bancaria desde una cuenta corriente abierta en cualquier entidad bancaria
distinta de BANCO DE SANTANDER. Para ello ha de seguir todos los pasos siguientes:
BOCM-20210708-87
El Fondo de Garantía Salarial FOGASA responderá de las consecuencias económicas
previstas en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores y siempre dentro de los límites
establecidos en el mencionado precepto.