D) Anuncios - CONSEJERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y VÍCTIMAS (BOCM-20210708-33)
Convenio –  Convenio de 16 de junio de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Justicia, Interior y Víctimas), el Ayuntamiento de San Martín de Valdeiglesias, el Ayuntamiento de Pelayos de la Presa y el Comité Autonómico de Cruz Roja Española en la Comunidad de Madrid en materia de seguridad y salvamento en el pantano de San Juan
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE JULIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 161

d El Ayuntamiento de San Martín de Valdeiglesias, del 25 por 100 restante, costeará el 85 por 100 del mismo, que corresponde a 26.479,42 euros.
d El Ayuntamiento de Pelayos de la Presa, costeará el resto (15 por 100 del 25 por 100
restante), que corresponde a 4.672,84 euros.
El coste de adaptación de accesos y zonas de aparcamiento, así como lo que se derive
de la fase de implantación e información a la población deberá ser financiado por los Ayuntamientos.
El pago a Cruz Roja, por parte de cada una de las administraciones intervinientes, se
realizará mediante una certificación final, previa justificación por parte de Cruz Roja del
cumplimiento de los compromisos adquiridos mediante aportación de las nóminas firmadas de los socorristas contratados, los TC2 de los trabajadores, así como de las facturas de
los medios materiales de salvamento y equipamiento necesarios para realizar correctamente este servicio.
Cuarta
Comisión Mixta de Seguimiento
Se constituirá una Comisión Mixta como órgano de seguimiento, vigilancia y control
de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes. Las partes
someterán a dicha comisión la resolución de las posibles incidencias derivadas de la interpretación, aplicación, cumplimiento, extinción, resolución y efectos del presente convenio.
Estará integrada por un presidente y un secretario designados por la Comunidad de
Madrid y un vocal designado por cada una de las partes.
Esta Comisión Mixta se reunirá como mínimo dos veces, la primera antes del comienzo de la temporada de baño y la segunda al término de la misma, además de las que se consideren pertinentes por solicitud de cualquiera de las partes.
La primera reunión tendrá carácter constitutivo y se celebrará en la sede de la Agencia
de Seguridad y Emergencias Madrid 112.
La Comisión Mixta tendrá, entre otras, las siguientes funciones:
a) Seguimiento, vigilancia y control de ejecución de las actuaciones objeto del convenio, así como resolución de controversias en los términos arriba descritos.
b) Propuesta de aprobación de los procedimientos de actuación que se elaboren para
la temporada de baño.
c) Propuesta de aprobación de la Memoria de las Actividades del ejercicio.
d) Estudio y valoración de las actuaciones de la temporada finalizada, proponiendo
en su caso, las mejoras a incluir para la siguiente temporada.
e) Cualquier otra función que se acuerde y apruebe por las partes.
El funcionamiento de esta comisión se acomodará a las normas que se acuerden en su
seno y, supletoriamente, a lo dispuesto en la sección 3.a, “Órganos colegiados de las distintas Administraciones públicas”, del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Quinta

El presente convenio entrará en vigor el día siguiente de su firma y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021, existiendo disponibilidad presupuestaria en el ejercicio 2021
para su ejecución.
Antes de la finalización del plazo previsto, los firmantes del convenio podrán acordar
unánimemente su prórroga por un período de un año adicional o su extinción, con una antelación mínima de dos meses a la fecha del vencimiento, quedando condicionada a la existencia de disponibilidad presupuestaria de cada una de las administraciones intervinientes.
Sexta
Modificación e incidencia de las reformas legales
El convenio podrá ser modificado por mutuo acuerdo de las partes, mediante adenda
o nuevo convenio.

BOCM-20210708-33

Vigencia