B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN - AGENCIA PARA LA ADMINISTRACIÓN DIGITAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (BOCM-20210708-21)
Adscripción personal –  Resolución 299/2021, de 6 de julio, de la Consejera Delegada de la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid, por la que se convoca proceso para la adscripción a la Agencia de diverso personal, por procedimiento restringido, conforme a la Orden de 16 de junio de 2014, del Consejero de Economía y Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 2 de julio de 2014)
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 48

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE JULIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 161

— Curriculum vitae, en el que se incluirán los destinos ocupados y las funciones
desempeñadas, particularmente las que resulten de interés para el puesto que
se convoca.
— Documentación justificativa de:
• La relación de empleo vigente del interesado con el sector público de la
Comunidad de Madrid, que expresamente indique que ostenta la posición
de personal funcionario, laboral o estatutario, con una relación de empleo
de carácter fijo o indefinido en el sector público de la misma, así como de
su situación administrativa.
• Los servicios prestados y funciones reconocidas realizadas, con el detalle
de las funciones desempeñadas y las fechas, y cuanta acreditación adicional considere necesaria para mejor valoración de su experiencia.
Se justificará mediante:
• Certificado de la Secretaría General Técnica o del órgano que normativamente corresponda.
• Vida laboral.
• Acreditación de la formación recibida y de la impartida, en su caso; incluyendo el contenido y el número de horas.
• Toda la documentación justificativa complementaria que el candidato considere necesaria, de cara a la mejor apreciación de su “curriculum vitae”.
No será necesaria la presentación de fotocopia del DNI, puesto que, a efectos de la
tramitación de la convocatoria, la identidad del candidato está acreditada a través
de su identificación digital para el acceso al proceso, sin perjuicio de lo cual, a la
firma del contrato, deberá exhibirse el Documento Nacional de Identidad a requerimiento de la Agencia.
b) La Agencia solicitará las subsanaciones o aclaraciones oportunas sobre la documentación presentada en cualquier momento del procedimiento con anterioridad
a su resolución definitiva cuando así fuera necesario, conforme a lo establecido en
los artículos 66 y 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
c) Los candidatos que resulten finalmente seleccionados podrán ser requeridos para
exhibir la documentación original correspondiente ante la Dirección de Recursos
Humanos y Relaciones Laborales de la Agencia, en cualquier momento previo a
la formalización de su contratación.
1.6. Plazo de presentación de las solicitudes:
El plazo fin de presentación de las solicitudes será, el 15 de septiembre de 2021, inclusive.
Segunda
Tasas
No procede.
Tercera
El Tribunal de Selección, compuesto de al menos tres miembros, será designado al
efecto mediante Resolución de la Consejera Delegada, conforme a los principios rectores
de los artículos 55 y 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el apartado ocho c) del artículo 10 de la Ley 7/2005 de 23 de diciembre, y lo establecido en el apartado quinto 2 del Código Ético aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 31 de
octubre de 2016 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 263, de 2 de
noviembre); y que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
con anterioridad al comienzo de los trabajos de dicho Tribunal.
Los miembros del Tribunal cumplirán los requisitos de idoneidad normativamente establecidos, y podrán ser personas de la Agencia o externas.

BOCM-20210708-21

Tribunal de Selección