Móstoles número 1 (BOCM-20210707-77)
Procedimiento 663/2020
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 160

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE JULIO DE 2021

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
77

MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 1 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento 663/2020-E de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D./Dña. JUANA MARÍA GONZÁLEZ DELGADO frente a HARVIE RESTAURANTE SL sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
FALLO
ESTIMAR la demanda de despido interpuesta por Doña Juana María González Delgado contra Harvie Restaurante S.L., DECLARANDO IMPROCEDENTE EL DESPIDO
de la demandante, y siendo imposible la readmisión, DECLARO EXTINGUIDA la relación laboral entre las partes en la fecha de la presente resolución judicial y CONDENO a
Harvie Restaurante S.L. a abonar a Doña Juana María González Delgado la indemnización
de 15.501, 07 euros, más el abono de los salarios de trámite a razón de 43 euros diarios desde la fecha del despido hasta la fecha de la sentencia, descontando el salario que ha percibido de Optima Facility Services S.L. desde el 21 de Julio al 22 de Diciembre de 2020, desde el 11 de Enero al 25 de Marzo de 2021 y el que percibe desde el 6 de Abril de 2021, si
es igual o superior, si es inferior la diferencia, así como el período que ha cobrado la prestación por desempleo del 8 de Julio de 2020 al 4 de Enero de 2021, lo que se determinará
en ejecución de sentencia.
ESTIMAR la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por Don Juana María
González Delgado contra Harvie Restaurante S.L., CONDENANDO a Harvie Restaurante
S.L. a abonar a la demandante la cantidad de 2.054, 14 euros brutos más el 10 % de interés
por mora.
No procede hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a HARVIE RESTAURANTE SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

BOCM-20210707-77

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer
recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid,
ANUNCIÁNDOLO por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los 5
días siguientes a su notificación y designando letrado o graduado social para su tramitación.
Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al
tiempo de anunciarlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta de este juzgado
abierta en el Banco Santander, IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, y número cuenta
expediente 2850-0000-00-0633-20, así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de la entidad financiera por el mismo importe, en el que se haga
constar la responsabilidad solidaria del avalista.