Madrid número 3 (BOCM-20210707-83)
Procedimiento 29/2020
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 160

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE JULIO DE 2021

Pág. 305

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE
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MADRID NÚMERO 3
EDICTO

DON ANTONIO RAIMÚNDEZ RODRÍGUEZ, letrado de la Administración de Justicia
de Violencia sobre la Mujer n.º 3 de Madrid.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Familia, Guarda, Custodia
o Alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados núm. 29/2020 instados por
la Procuradora DOÑA ELENA RUEDA SANZ, en nombre y representación de DOÑA ANYELINA CÉSPEDES FLORIÁN contra DON REINALDO GONZÁLEZ AYBAR, en los
que se ha dictado en fecha 4/5/2021 sentencia cuya parte cuyo fallo es el siguiente:
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por la representación procesal de DOÑA ANYELINA CÉSPEDES FLORIÁN contra DON REINALDO GONZÁLEZ AYBAR, debo
acordar y acuerdo las siguientes medidas:
1. La guarda y custodia dela descendiente común, VERONICA RAQUEL, se atribuye a DOÑA ANYELINA CÉSPEDES FLORIÁN, quedando compartida la patria potestad.
Se acuerda la suspensión del régimen de visitas entre padre e hija.
2. DON REINALDO GONZÁLEZ AYBAR deberá abonar en concepto de alimentos a sus hija la cantidad de 150 euros mensuales, así como la mitad de los gastos extraordinarios, que deberá ser satisfechas dentro de los cinco primeros días de cada mes en la
cuenta que designe la actora, actualizándose anualmente conforme a las variaciones de IPC,
publicadas por el Instituto Nacional de Estadística o el que legalmente le sustituya.
Contra esta Sentencia cabe interponer Recurso de Apelación ante la EXCMA.
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID, el cual se preparará ante este juzgado en el
plazo de veinte días desde su notificación.
Así lo acuerda, manda y firma DOÑA MARÍA GRACIA PARERA DE CÁCERES
Magistrado-juez del JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER N.º TRES DE
MADRID, doy fe.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado DON REINALDO GONZÁLEZ AYBAR y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se
ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en
la Secretaría de este tribunal.
En Madrid, a 5 de julio de 2021.

BOCM-20210707-83

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/18.120/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791