Madrid número 9 (BOCM-20210707-56)
Procedimiento 1010/2019
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE JULIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 160

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO.- Como establecen los artículos 28.1 y 29 de la Ley de la Ley Reguladora
de la Jurisdicción Social (LRJS), si en el mismo juzgado o tribunal, o en varios de ellos, se
tramitaran demandas contra un mismo demandado, aunque los actores sean distintos, y se
ejercitasen en ellas acciones idénticas o susceptibles de haber sido acumuladas en una misma demanda, se acordará, de oficio o a instancia de parte, la acumulación de los procesos.
SEGUNDO.- En el presente supuesto y como ha quedado expuesto en los antecedentes de hecho, concurren en los procedimientos mencionados los requisitos expresados en la
norma sobre las partes intervinientes y el contenido de las demandas, siendo susceptible de
acumulación la pretensión ejercitada en todos ellos, razón por la que resulta procedente hacer uso de la facultad expresada.
TERCERO.- Dispone a su vez el artículo 35 de la LRJS que la acumulación de los
autos, cuando proceda, producirá el efecto de discutirse conjuntamente, y dirimirse en una
sola resolución todas las cuestiones planteadas.
PARTE DISPOSITIVA
Se acuerda la acumulación a los presentes autos nº 1010/2019 de los que se sigue en el
Juzgado nº18, con número de autos 920/2020 discutiéndose en un solo proceso y decidiéndose en una sola resolución las cuestiones planteadas en todos ellos.
Remítase oficio al referido Juzgado comunicándole la presente resolución, enviando
testimonio de la misma y reclamándole la inmediata remisión de los autos acumulados.
Notifíquese esta resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea
trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad Banco Santander; para pagos por transferencia
IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con el concepto 2507-0000-00-1010-19 y para pagos en ventanilla 2507-0000-00-1010-19.
Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez
Dña. ISABEL SANCHEZ PEÑA
EL MAGISTRADO-JUEZ
DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación
a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60
L.R.J.S. Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a DAVID RODRIGUEZ RODRIGUEZ, JOAQUIN ROEL TORRES TRUJILLO Y CIRILO SANCHEZ OLIVEROS EN
CONCEPTO DE PARTE DEMANDADA EN DICHO JUICIO, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a cuatro de junio de dos mil veintiuno.
(03/21.013/21)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20210707-56

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA