Móstoles número 2 (BOCM-20210707-81)
Ejecución 7/2021
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 302
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE JULIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 160
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
81
MÓSTOLES NÚMERO 2
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARIA ISABEL CANO CAMPAÑA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 02 de Móstoles.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 7/2021 (Ejecución: ) de este juzgado de lo
Social, seguido a instancia de D./Dña. ANTONIO CHAPARRO JIMENEZ frente a ZAFER E HIJOS SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución del tenor literal siguiente :
TASACION DE COSTAS
Que en cumplimiento de lo acordado practico en autos arriba referenciados:
Honorarios ejecución Sr. Letrado D./Dña. ENCARNACION BRAVO CEPEDA
Por aplicación del art. 394.3 de la LEC se reduce la minuta a la tercera parte de la cuantía del proceso, que según demanda es 1.054’34 euros (Principal y 10% de mora), siendo la
cantidad recogida en sentencia.
351’45 euros
IVA 21 %: 73’80 euros
TOTAL: 425’25 euros
Importa la anterior tasación los figurados CUATROCIENTOS VEINTICINCO
EUROS CON VEINTICINCO CENTIMOS, a cuyo pago viene obligada la condenada en
las presentes actuaciones.
Dese traslado de esta diligencia a las partes por plazo común de DIEZ DIAS, advirtiéndose de la posibilidad de impugnarla dentro del citado plazo.
A) Por INDEBIDAS, si se hubiesen incluido en ella partidas, derecho o gastos indebidos.
B) O, por EXCESIVOS, los honorarios de Abogados, Peritos o profesionales no sujetos a arancel.
C) O, por NO HABERSE INCLUIDO gastos debidamente justificados y reclamados,
o la totalidad de la minuta de honorarios de Abogado, Perito, profesional o funcionario no
sujeto a arancel.
D) Y que, en su caso, en el escrito de impugnación habrán de mencionarse las cuentas o
minutas y las partidas concretas a que se refiera la discrepancia y las razones de ésta, no admitiéndose la impugnación a trámite de no efectuarse dicha mención. ( Art 245 de L.E.C).
En Móstoles a veinte de abril de dos mil veintiuno.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ZAFER E HIJOS SL,
en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
BOCM-20210707-81
El/La Letrado/a de la Admón. de Justicia.
Pág. 302
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE JULIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 160
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
81
MÓSTOLES NÚMERO 2
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARIA ISABEL CANO CAMPAÑA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 02 de Móstoles.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 7/2021 (Ejecución: ) de este juzgado de lo
Social, seguido a instancia de D./Dña. ANTONIO CHAPARRO JIMENEZ frente a ZAFER E HIJOS SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución del tenor literal siguiente :
TASACION DE COSTAS
Que en cumplimiento de lo acordado practico en autos arriba referenciados:
Honorarios ejecución Sr. Letrado D./Dña. ENCARNACION BRAVO CEPEDA
Por aplicación del art. 394.3 de la LEC se reduce la minuta a la tercera parte de la cuantía del proceso, que según demanda es 1.054’34 euros (Principal y 10% de mora), siendo la
cantidad recogida en sentencia.
351’45 euros
IVA 21 %: 73’80 euros
TOTAL: 425’25 euros
Importa la anterior tasación los figurados CUATROCIENTOS VEINTICINCO
EUROS CON VEINTICINCO CENTIMOS, a cuyo pago viene obligada la condenada en
las presentes actuaciones.
Dese traslado de esta diligencia a las partes por plazo común de DIEZ DIAS, advirtiéndose de la posibilidad de impugnarla dentro del citado plazo.
A) Por INDEBIDAS, si se hubiesen incluido en ella partidas, derecho o gastos indebidos.
B) O, por EXCESIVOS, los honorarios de Abogados, Peritos o profesionales no sujetos a arancel.
C) O, por NO HABERSE INCLUIDO gastos debidamente justificados y reclamados,
o la totalidad de la minuta de honorarios de Abogado, Perito, profesional o funcionario no
sujeto a arancel.
D) Y que, en su caso, en el escrito de impugnación habrán de mencionarse las cuentas o
minutas y las partidas concretas a que se refiera la discrepancia y las razones de ésta, no admitiéndose la impugnación a trámite de no efectuarse dicha mención. ( Art 245 de L.E.C).
En Móstoles a veinte de abril de dos mil veintiuno.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ZAFER E HIJOS SL,
en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
BOCM-20210707-81
El/La Letrado/a de la Admón. de Justicia.