Madrid (BOCM-20210706-35)
Régimen económico. Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE JULIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 159

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
35

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte
Extracto de la resolución de 25 de junio de 2021, del presidente de la Junta de Gobierno
del Consorcio de Rehabilitación y Equipamiento de Teatros de Madrid, por la que se aprueba
la convocatoria pública para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a la rehabilitación y mejora de los teatros de Madrid, año 2020-2021.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.—Los solicitantes de las ayudas previstas en el artículo 1,
apartados 1 y 2, podrán ser empresas, tanto personas físicas como jurídicas, que sean propietarios o arrendatarios de salas de teatro en el término municipal de Madrid y que estén
dedicadas a la exhibición escénica, acreditando la realización de al menos 100 funciones en
los dos años inmediatamente anteriores a la publicación de esta convocatoria.
Los solicitantes de ayudas previstas en el artículo 1, apartado 3, para la reapertura o
reanudación de la actividad teatral, deberán presentar un proyecto artístico para los dos años
siguientes a la reapertura del teatro o la sala de artes escénicas.
No podrán ser beneficiarios de ayudas los titulares de teatros o salas que, a la fecha de
publicación de la presente convocatoria, tuvieran pendiente la justificación de ayudas correspondientes a anteriores convocatorias.
Tampoco se otorgarán subvenciones a aquellos teatros o salas que hayan recibido ayudas del Consorcio de Rehabilitación de Teatros de Madrid para el mismo proyecto o con el
mismo objeto, en los últimos cinco años desde la presente convocatoria.
Segundo. Objeto.—1.1. Esta convocatoria tiene como finalidad la financiación de
inversiones en obras y dotación de equipamientos encaminadas a la mejora de las condiciones de seguridad y de accesibilidad de los teatros y salas de artes escénicas ubicados en la
Villa de Madrid, así como a la mejora en sus condiciones de salubridad, ornato y mejora del
servicio.
1.2. Podrán subvencionarse, asimismo, otras inversiones en obras de rehabilitación
y mejora y los correspondientes a equipamientos escénicos, en obras encaminadas a la mejora de la eficiencia energética del edificio o de sus instalaciones y/o a la mejora de la acústica e insonorización, siempre que el teatro, conforme al proyecto presentado, tenga suficientemente cubiertas las medidas de seguridad y accesibilidad, exigidas en la normativa de
aplicación.
Para acceder a estas ayudas los teatros o salas de artes escénicas habrán de acreditar
una antigüedad mínima de dos años de actividad en la fecha de publicación de la presente
convocatoria y haber realizado al menos 100 funciones en los dos años inmediatamente anteriores a la publicación de esta convocatoria.
1.3. También podrán ser objeto de subvención las inversiones en obras y dotación de
equipamientos encaminadas a la mejora de las condiciones de seguridad y de accesibilidad,
para la reapertura de teatros y salas de artes escénicas ubicados en la Villa de Madrid, que
hayan cesado en su actividad.
Para acceder a estas ayudas los teatros y salas de artes escénicas contarán con un proyecto artístico para los dos años siguientes a la reapertura.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de 30 de
octubre de 2013, modificada por acuerdo de 31 de mayo de 2017, publicada en www.madrid.es

BOCM-20210706-35

BNDS 571956