Madrid número 7 (BOCM-20210705-107)
Procedimiento 1122/2019
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE JULIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 158

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
107

MADRID NÚMERO 7
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. JOSE MOREIRAS CHAVES LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social nº 7 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 1122/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. GUSTAVO MAURICIO HERRERA ABAD frente a INMOBANDIN ACTIVOS SL y fogasa sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
En Madrid, a VEINTE de abril de dos mil veintiuno
La Ilma. Sra. Dª Mª VALVANUZ PEÑA GARCIA, MAGISTRADO JUEZ del JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 7 de Refuerzo de MADRID y su provincia, en sustitución, tras
haber visto y oído los presentes autos sobre DESPIDO seguidos a instancia de D.GUSTAVO
MAURICIO HERRERA ABAD contra INMOBANDIN ACTIVOS SL, Y FOGASA, EN
NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, ha pronunciado la siguiente sentencia 304/2021
FALLO
Que estimando la demanda de despido interpuesta por D.GUSTAVO MAURICIO
HERRERA ABAD contra INMOBANDIN ACTIVOS., Y FOGASA., debo declarar y declaro improcedente el despido de la parte demandante, condenando a la empresa demandada a que, a su elección que deberá manifestar en el plazo de los cinco días siguientes al de
la notificación de esta sentencia, le readmita en su mismo puesto de trabajo o le indemnice
en la suma de 739,16 , entendiéndose que de no hacerlo en el plazo indicado opta por lo
primero, y, en caso de readmisión, con abono de los salarios dejados de percibir desde la
fecha del despido hasta la de la notificación de la sentencia o hasta que el trabajador haya
encontrado otro empleo si tal colocación fuese anterior, a razón de un salario diario de 44,80
euros,en cuyo caso habrán de descontarse los salarios percibidos en la nueva empresa.
En cuanto al FOGASA, deberá estar y pasar por la presente declaración.
Notifíquese esta resolución a las partes haciéndolas saber que la misma no es firme, y
frente a ella cabe formular RECURSO DE SUPLICACION al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en éste Juzgado en el plazo de los CINCO días siguientes a la notificación de ésta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su
abogado o representante dentro del indicado plazo.
Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar
el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena en la Cuenta de Depósitos y
Consignaciones que tiene abierta este Juzgado.

Así por ésta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

BOCM-20210705-107

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 300
euros en concepto de depósito.