Soto del Real (BOCM-20210702-71)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 182
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 2 DE JULIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 156
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
71
SOTO DEL REAL
RÉGIMEN ECONÓMICO
Este Ayuntamiento en Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 2 de abril de 2020,
acordó aprobar provisionalmente modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa
de recogida de residuos sólidos urbanos que figura en el Anexo.
Transcurrido el plazo de un mes, de exposición pública, contados desde el 18 de abril
hasta el 18 de mayo de 2020 (ambos incluidos) efectuada mediante anuncios publicados en
el tablón de edictos y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 92
de 17 de abril de 2020, sin que durante el mismo se presentasen reclamaciones o sugerencias, dicho acuerdo se entiende definitivamente aprobado, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 49 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Contra el presente acuerdo definitivo podrá interponerse, con carácter previo recurso de
reposición ante el Pleno del Ayuntamiento en el plazo de un mes, o recurso contenciosoadministrativo ante los Juzgados Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos
meses contados desde el día siguiente al de la publicación de éste anuncio en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, según establece el artículo 52.1 de la Ley 7/1985,
Reguladora de las Bases de Régimen Local.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la misma, a continuación se inserta el acuerdo adoptado y el texto íntegro de la ordenanza aprobada:
ANEXO
PROVIDENCIA DE LA ALCALDÍA
BOCM-20210702-71
Visto que en fecha 10 de agosto de 2016 se procedió a la aprobación de una modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa de recogida de residuos sólidos urbanos,
publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de agosto de 2016,
dispongo:
Primero.—Proponer al Pleno la modificación de la cuota tributaria con la inclusión de
la siguiente tarifa:
— Tarifa A.3. Parcelas con convenio de cesión de uso a favor del Ayuntamiento: 1 euro.
Segundo.—Trasládese a la Comisión Informativa de Pleno para su consideración previa.
En Soto del Real, a 15 de junio de 2021.—La alcaldesa, Noelia Barrado Olivares.
(03/21.668/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 182
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B.O.C.M. Núm. 156
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
71
SOTO DEL REAL
RÉGIMEN ECONÓMICO
Este Ayuntamiento en Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 2 de abril de 2020,
acordó aprobar provisionalmente modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa
de recogida de residuos sólidos urbanos que figura en el Anexo.
Transcurrido el plazo de un mes, de exposición pública, contados desde el 18 de abril
hasta el 18 de mayo de 2020 (ambos incluidos) efectuada mediante anuncios publicados en
el tablón de edictos y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 92
de 17 de abril de 2020, sin que durante el mismo se presentasen reclamaciones o sugerencias, dicho acuerdo se entiende definitivamente aprobado, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 49 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Contra el presente acuerdo definitivo podrá interponerse, con carácter previo recurso de
reposición ante el Pleno del Ayuntamiento en el plazo de un mes, o recurso contenciosoadministrativo ante los Juzgados Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos
meses contados desde el día siguiente al de la publicación de éste anuncio en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, según establece el artículo 52.1 de la Ley 7/1985,
Reguladora de las Bases de Régimen Local.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la misma, a continuación se inserta el acuerdo adoptado y el texto íntegro de la ordenanza aprobada:
ANEXO
PROVIDENCIA DE LA ALCALDÍA
BOCM-20210702-71
Visto que en fecha 10 de agosto de 2016 se procedió a la aprobación de una modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa de recogida de residuos sólidos urbanos,
publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de agosto de 2016,
dispongo:
Primero.—Proponer al Pleno la modificación de la cuota tributaria con la inclusión de
la siguiente tarifa:
— Tarifa A.3. Parcelas con convenio de cesión de uso a favor del Ayuntamiento: 1 euro.
Segundo.—Trasládese a la Comisión Informativa de Pleno para su consideración previa.
En Soto del Real, a 15 de junio de 2021.—La alcaldesa, Noelia Barrado Olivares.
(03/21.668/21)
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ISSN 1989-4791