Ambite (BOCM-20210702-57)
Organización y funcionamiento. Delegación competencias
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 2 DE JULIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 156

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
57

AMBITE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Por resolución de Alcaldía número 2021-0659, de 18 de junio de 2021, el alcalde,
don Francisco Javier Carmona Sánchez, delegaba en los concejales don Apolonio Alcaide
Bravo, doña Ana María Estévez García, don Juan Ángel Gismero López y don José Luis
Cascales Pelegrín lo que se publica a los efectos del artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Publico.

Don Francisco Javier Carmona Sánchez, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Ambite, en virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, de Bases del Régimen Local, y 43, 44 y 45 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986,
de 28 de noviembre, por la presente, resuelvo:
Primero.—Designar a don Apolonio Alcaide Bravo, primer teniente alcalde y concejaldelegado del:
a) Área de Economía y Hacienda, Contratación y Asuntos Generales. Se delegan de
acuerdo con lo establecido en el artículo 21.3 2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, las
competencias genéricas de las áreas señaladas, y expresamente, de acuerdo a lo
preceptuado en el artículo 62 del Real Decreto 500/1990, las “Funciones de ordenación de pagos”:
— Bancos: realizar transferencias, pagos, cobros, abrir y cerrar cuentas, etc.
b) Concejal-delegado de Comunicación, Cultura y Centro de la Naturaleza Vega del
Tajuña.
Segundo.—Designar a don Juan Ángel Gismero López, segundo teniente alcalde y
concejal-delegado de Relaciones Institucionales y Promoción Municipal.
Tercero.—Designar a doña Ana María Estévez García, concejal-delegada de Servicios
Sociales, Salud, Educación, Protección Civil, Actividades deportivas, Bienestar Animal y
Mujer e Igualdad.
Cuarto.—Designar a don José Luis Cascales Pelegrín, concejal responsable de Fiestas.
Quinto.—Notificar la presente resolución a los interesados, haciéndoles expresa advertencia de que los nombramientos se entenderán aceptados tácitamente si en el término
de tres días hábiles, contados desde el siguiente a su recepción, no se hiciere manifestación
expresa en contrario ante esta Alcaldía.
Sexto.—Publicar en la página web del Ayuntamiento de Ambite la presente resolución.
Proceder a la exposición pública de la presente resolución, mediante su anuncio en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de edictos municipal.
Séptimo.—Dar cuenta de esta resolución al Pleno municipal en la primera sesión que
celebre, a los únicos efectos de su conocimiento.
Octavo.—Fijar la efectividad del presente decreto a partir del día siguiente a su suscripción”.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer
alternativamente recurso de reposición potestativo ante el alcalde de este Ayuntamiento, en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de
conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
competente, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación
del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que

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“RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA