Las Rozas de Madrid (BOCM-20210629-52)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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B.O.C.M. Núm. 153

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE JUNIO DE 2021

Sexto. Comisión de Valoración.—La Comisión de Valoración viene regulada en el
artículo 46 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, Reglamento General de Ingreso del
Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de
Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
La Comisión de Valoración en la presente convocatoria estará compuesta por los siguientes miembros:
— Un presidente, a propuesta de la Concejalía de Recursos Humanos:
d Don Alfonso Menéndez Prados.
— Dos miembros a propuesta del Área a que esté adscrito el puesto o puestos a cubrir. En caso de ser varias las Áreas afectadas, la representación será de común
acuerdo entre las mismas:
d Don José Ángel Martín González.
d Don José Luis Royo Nogueras, que actuará como secretario.
— Dos miembros a propuesta de la Concejalía de Recursos Humanos:
d Don Carlos Miguel Corrales Hernández.
d Don Íñigo Álvarez Otero.
Podrán formar parte de la Comisión de Valoración un representante de cada una de las
organizaciones sindicales más representativas y las que cuenten con más del diez por 100
de representantes en el conjunto de las Administraciones oúblicas o en el ámbito territorial
y funcional al que se extiende la presente convocatoria.
Estos representantes de las organizaciones sindicales se designarán a propuesta de las
mismas. Si no se efectuase la citada propuesta en el plazo de cinco días hábiles, se entiende que renuncian a su derecho a formar parte de la citada Comisión de Valoración.
El número de representantes de la Administración será superior al de miembros designados a propuesta de las organizaciones sindicales.
Los miembros de la Comisión de Valoración deberán pertenecer a Cuerpos o Escalas
de Grupo/Subgrupo de titulación igual o superior al exigido para los puestos convocados.
Deberán además poseer grado personal o desempeñar puestos de igual nivel o superior al
de los convocados.
Todos los miembros de la Comisión de Valoración tendrán voz y voto. El secretario/a
de la Comisión actuará con voz y sin voto. De cada sesión celebrada el secretario de la Comisión levantará la correspondiente acta.
Podrán designarse en atención a la naturaleza y volumen de la convocatoria suplentes
con los mismos requisitos.
La Comisión de Valoración podrá solicitar la designación de expertos que en calidad
de asesores actuarán con voz pero sin voto. Los mismos serán designados, en su caso, por
la autoridad convocante previa solicitud de la citada Comisión.
Las Comisiones de Valoración elevarán a la Concejalía Recursos Humanos la propuesta de resolución del concurso, acompañada de una memoria explicativa de su actuación, relación de los candidatos presentados con expresión de la puntuación obtenida, votos particulares formulados por cualquiera de los vocales, en su caso, así como cualquier
incidencia que hubiera surgido.
En el caso de los concursos específicos, previo a la reunión de la Comisión de Valoración, se publicará en la página web del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid relación provisional con las puntuaciones de los méritos valorados en la primera fase.
Los concursantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles para formular alegaciones ante posibles errores que pudieran haberse producido en la valoración con el fin de que,
si procede, sean subsanados.
Séptimo. Resolución.—El plazo de resolución será como máximo de seis meses contados desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de instancia. La
resolución se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, página
web del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid y tablón de edictos de la Casa Consistorial
del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid.
Octavo. Toma de posesión.—El plazo de toma de posesión será de tres días hábiles,
que se contarán a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres
días hábiles siguientes a la publicación de la Resolución en la web del Ayuntamiento de Las
Rozas de Madrid, o un mes, computado desde la publicación de la resolución del procedimiento, si comporta el reingreso al servicio activo.

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BOCM-20210629-52

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