C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CIENCIA, UNIVERSIDADES E INNOVACIÓN (BOCM-20210629-24)
Convocatoria premios – Orden 250/2021, de 19 de junio, del Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan para el año 2021 los Premios de Investigación de la Comunidad de Madrid “Miguel Catalán”, “Julián Marías” y “Margarita Salas” a la carrera científica y a investigadores de menos de cuarenta años
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 153
MARTES 29 DE JUNIO DE 2021
Pág. 103
Artículo 20
Instrucción del procedimiento
1. El órgano encargado de la instrucción del procedimiento será la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica, que, de oficio, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud
de los cuales debe pronunciarse la resolución de los premios. En particular, las actuaciones
de instrucción comprenderán la resolución de cuantas cuestiones surjan en la aplicación de
la presente Orden, así como la elaboración de las instrucciones que sean precisas para su
desarrollo y cumplimiento.
2. Recibidas las propuestas de candidaturas, se comprobará el cumplimiento de los
requisitos y condiciones de participación en la convocatoria, así como el contenido de las
mismas.
3. Las candidaturas presentadas fuera de plazo serán excluidas del proceso de evaluación.
4. Si las candidaturas no se presentan cumplimentadas en todos sus términos o no
fueran acompañadas de la documentación referida en la convocatoria, se requerirá al investigador responsable e interlocutor para que, en el plazo improrrogable de 10 días hábiles a
partir de la recepción de la notificación, subsane o acompañe los documentos preceptivos,
con indicación de que si no lo hiciera, se le dará por desistido mediante resolución dictada
en los términos del artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5. No podrá presentarse documentación adicional una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.
Artículo 21
Jurados de los premios, resolución, notificación y plazo de resolución y notificación
Esta convocatoria se rige por lo dispuesto en los artículos 10, 11, 12 y 13 de las bases
reguladoras contenidas en esta Orden.
Artículo 22
Presupuesto de los Premios
El gasto destinado a financiar esta convocatoria por un importe máximo de 189.000
euros será tramitado con cargo al subconcepto 78200, del programa 466A, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.
Artículo 23
Recursos
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
La presente Orden supone la derogación de las bases reguladoras contenidas en la Orden 2098/2018, de 7 de junio, de la Consejería de Educación e Investigación que regulan
los Premios de Investigación de la Comunidad de Madrid “Miguel Catalán” y “Julián Marías” de 2018 a la carrera científica y a investigadores de menos de cuarenta años.
BOCM-20210629-24
Contra la presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado (artículo 123 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o directamente recurso contenciosoadministrativo ante la Sala correspondiente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Madrid, (artículo 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio), en el plazo
de dos meses desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cuantos recursos estime oportuno deducir.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 153
MARTES 29 DE JUNIO DE 2021
Pág. 103
Artículo 20
Instrucción del procedimiento
1. El órgano encargado de la instrucción del procedimiento será la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica, que, de oficio, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud
de los cuales debe pronunciarse la resolución de los premios. En particular, las actuaciones
de instrucción comprenderán la resolución de cuantas cuestiones surjan en la aplicación de
la presente Orden, así como la elaboración de las instrucciones que sean precisas para su
desarrollo y cumplimiento.
2. Recibidas las propuestas de candidaturas, se comprobará el cumplimiento de los
requisitos y condiciones de participación en la convocatoria, así como el contenido de las
mismas.
3. Las candidaturas presentadas fuera de plazo serán excluidas del proceso de evaluación.
4. Si las candidaturas no se presentan cumplimentadas en todos sus términos o no
fueran acompañadas de la documentación referida en la convocatoria, se requerirá al investigador responsable e interlocutor para que, en el plazo improrrogable de 10 días hábiles a
partir de la recepción de la notificación, subsane o acompañe los documentos preceptivos,
con indicación de que si no lo hiciera, se le dará por desistido mediante resolución dictada
en los términos del artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5. No podrá presentarse documentación adicional una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.
Artículo 21
Jurados de los premios, resolución, notificación y plazo de resolución y notificación
Esta convocatoria se rige por lo dispuesto en los artículos 10, 11, 12 y 13 de las bases
reguladoras contenidas en esta Orden.
Artículo 22
Presupuesto de los Premios
El gasto destinado a financiar esta convocatoria por un importe máximo de 189.000
euros será tramitado con cargo al subconcepto 78200, del programa 466A, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.
Artículo 23
Recursos
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
La presente Orden supone la derogación de las bases reguladoras contenidas en la Orden 2098/2018, de 7 de junio, de la Consejería de Educación e Investigación que regulan
los Premios de Investigación de la Comunidad de Madrid “Miguel Catalán” y “Julián Marías” de 2018 a la carrera científica y a investigadores de menos de cuarenta años.
BOCM-20210629-24
Contra la presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado (artículo 123 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o directamente recurso contenciosoadministrativo ante la Sala correspondiente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Madrid, (artículo 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio), en el plazo
de dos meses desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cuantos recursos estime oportuno deducir.