Navalcarnero (BOCM-20210628-69)
Urbanismo. Estudio detalle
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 152

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE JUNIO DE 2021

Pág. 267

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
69

NAVALCARNERO
URBANISMO

BOCM-20210628-69

El Ayuntamiento de Navalcarnero, en sesión Plenaria celebrada el día 31 de mayo de 2021,
adoptó el acuerdo de aprobar definitivamente el estudio de detalle presentado por D. Jaime Mejías Cardeña, en representación de D.a María Mejías Cardeña, D. Juan Mejías Cardeña y Mejías
Cardeña 2004, S. L., para llevar a cabo la segregación de la manzana 6 de la antigua Unidad de
Ejecución número 11, con referencia catastral número 4200902VK1640S0001XD del municipio de Navalcarnero.
Lo que se hace público de conformidad con lo establecido en los artículos 65 y 66 de
la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que con
fecha 10 de junio de 2021 se ha depositado un ejemplar del estudio de detalle aprobado en
el Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, en aplicación de lo previsto en el artículo 65 de la citada
Ley 9/2001.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo, en plazo de dos meses, ante la Sala correspondiente de
lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, contados a partir del siguiente día al de la publicación del presente acuerdo (artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de
la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998),
todo ello sin perjuicio de que se pueda formular cualquier otro recurso que se estime pertinente para la defensa de sus derechos (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Navalcarnero, a 11 de junio de 2021.—El alcalde-presidente, José Luis Adell Fernández.
(02/21.178/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791