Moralzarzal (BOCM-20210628-66)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 264
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE JUNIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 152
BOCM-20210628-66
Toda la documentación presentada deberá estar en vigor en la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes.
Sexto. Abono de las ayudas.—El importe de las ayudas será transferido a la cuenta
bancaria facilitada por el beneficiario en la solicitud, debiendo acreditar la titularidad de la
misma.
Séptimo. Justificación del gasto.—La documentación acreditativa del gasto (factura)
deberá presentarse antes del 30 de septiembre 2021. La no justificación de la ayuda recibida dará lugar a la reclamación de la devolución del importe de la ayuda.
Moralzarzal, a 21 de junio de 2021.—El secretario general, Santiago Perdices Rivero.
(03/22.143/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 264
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE JUNIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 152
BOCM-20210628-66
Toda la documentación presentada deberá estar en vigor en la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes.
Sexto. Abono de las ayudas.—El importe de las ayudas será transferido a la cuenta
bancaria facilitada por el beneficiario en la solicitud, debiendo acreditar la titularidad de la
misma.
Séptimo. Justificación del gasto.—La documentación acreditativa del gasto (factura)
deberá presentarse antes del 30 de septiembre 2021. La no justificación de la ayuda recibida dará lugar a la reclamación de la devolución del importe de la ayuda.
Moralzarzal, a 21 de junio de 2021.—El secretario general, Santiago Perdices Rivero.
(03/22.143/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791